Cada vez son más las empresas españolas que necesitan desplazar temporalmente a trabajadores a Estados Unidos para participar en proyectos internacionales, realizar la puesta en marcha de maquinaria, prestar asistencia técnica o impartir formación especializada.
Sin embargo, uno de los errores más frecuentes consiste en pensar que cualquier desplazamiento profesional requiere automáticamente un visado de trabajo. La normativa estadounidense contempla determinados supuestos en los que es posible viajar con una visa B1, siempre que se cumplan una serie de requisitos muy concretos.
En este artículo de Visados Empresas explicamos cuándo puede utilizarse esta vía, qué actividades están permitidas y qué aspectos deben analizar las empresas antes de organizar el desplazamiento de sus trabajadores a Estados Unidos.
¿Es posible desplazar trabajadores a Estados Unidos sin un visado de trabajo?
No todos los desplazamientos profesionales requieren un visado de trabajo.
En determinados supuestos previstos por la normativa estadounidense, algunos trabajadores pueden viajar temporalmente a Estados Unidos con una visa B1 para desarrollar actividades muy concretas, siempre que no exista una incorporación al mercado laboral estadounidense ni una remuneración procedente de una fuente en Estados Unidos.
Entre estos supuestos destacan especialmente aquellos relacionados con la instalación de maquinaria, la asistencia técnica especializada o determinadas actividades que normalmente podrían encajar en un visado H-1 o H-3.
¿Qué actividades profesionales pueden realizarse con una visa B1?
La normativa estadounidense contempla supuestos específicos de gran interés para empresas que necesitan desplazar temporalmente a trabajadores a Estados Unidos, especialmente en sectores como la industria, la ingeniería, la energía o la fabricación de maquinaria.
Los dos casos más relevantes son los siguientes:
Desplazamiento de trabajadores para instalación, puesta en marcha y asistencia técnica (9 FAM 402.2-5(E)(1))
Uno de los supuestos más utilizados por empresas industriales, de ingeniería o fabricantes de maquinaria es el previsto en el epígrafe 9 FAM 402.2-5(E)(1) (Commercial or Industrial Workers).
Este supuesto permite que determinados trabajadores extranjeros puedan viajar a Estados Unidos con una visa B1 para realizar actividades de instalación, puesta en marcha, mantenimiento, reparación o formación relacionadas con maquinaria o equipos vendidos por una empresa extranjera a una empresa estadounidense.
No se trata de un visado de trabajo, sino de una excepción prevista por la normativa estadounidense para facilitar el cumplimiento de determinadas obligaciones contractuales derivadas de una venta internacional.
Para poder acogerse a este supuesto deben cumplirse, entre otros, los siguientes requisitos:
- Debe existir un contrato de venta de maquinaria, tecnología, equipos industriales o soluciones técnicas entre una empresa extranjera y una empresa estadounidense.
- El contrato debe contemplar expresamente la necesidad de desplazar personal especializado para realizar tareas de instalación, puesta en marcha, mantenimiento, reparación o formación.
- El trabajador desplazado debe poseer conocimientos técnicos esenciales o especializados para cumplir correctamente las obligaciones asumidas por la empresa extranjera.
- El trabajador no puede recibir remuneración procedente de una fuente estadounidense.
- La actividad debe tener carácter temporal y estar directamente relacionada con la ejecución del contrato de venta.
Este supuesto es especialmente frecuente en proyectos internacionales de ingeniería, energías renovables, fabricación industrial, automatización, maquinaria pesada o instalaciones técnicas, donde resulta imprescindible desplazar temporalmente a personal altamente especializado.
¿Cuándo puede utilizarse una visa B1 en lugar de un visado H-1 o H-3? (9 FAM 402.2-5(F))
La normativa estadounidense también contempla determinados supuestos recogidos en el epígrafe 9 FAM 402.2-5(F) en los que algunos profesionales que, en circunstancias normales, podrían encajar en una categoría H-1 o H-3, pueden ser admitidos temporalmente con una visa B1, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
No obstante, este supuesto debe analizarse con especial cautela, ya que no constituye una alternativa general a los visados de trabajo o formación.
Cada caso requiere un estudio individualizado para comprobar si realmente puede acogerse a esta posibilidad.
Entre los aspectos que habitualmente deben valorarse se encuentran:
- La cualificación profesional del trabajador.
- La naturaleza exacta de las actividades que desarrollará en Estados Unidos.
- La duración prevista del desplazamiento.
- La existencia de una relación laboral mantenida con la empresa extranjera.
- Que la remuneración continúe abonándose desde el extranjero y no proceda de una fuente estadounidense.
- La documentación que justifique la finalidad del viaje y la necesidad del desplazamiento.
Aspectos que conviene revisar antes de desplazar trabajadores a Estados Unidos
Antes de planificar el envío de un trabajador a Estados Unidos resulta recomendable analizar el proyecto y las funciones que desarrollará el profesional para determinar si la visa B1 es realmente la categoría adecuada o si será necesario tramitar un visado de trabajo específico.
¿Cuándo conviene analizar cada caso de forma individual?
Aunque la visa B1 puede ser una solución adecuada en determinados desplazamientos temporales, cada proyecto debe analizarse individualmente teniendo en cuenta la actividad que desarrollará el trabajador, la duración del desplazamiento, la relación entre las empresas implicadas y la documentación disponible.
Por este motivo, antes de organizar el envío de personal a Estados Unidos resulta recomendable realizar una valoración previa de la estrategia migratoria más adecuada.
¿Cómo puede ayudarte Visados Empresas?
Planificar el desplazamiento temporal de trabajadores a Estados Unidos requiere analizar mucho más que el tipo de visado. La actividad que va a desarrollar el profesional, la duración del proyecto, la relación entre las empresas implicadas o la forma en la que se remunera al trabajador son aspectos que pueden resultar determinantes para elegir la estrategia migratoria adecuada.
En Visados Empresas asesoramos a compañías españolas e internacionales que necesitan desplazar personal a Estados Unidos para proyectos de ingeniería, instalación y puesta en marcha de maquinaria, asistencia técnica, mantenimiento, formación especializada o cualquier otro desplazamiento profesional de carácter temporal.
Nuestro equipo estudia cada caso de forma individual para determinar si el trabajador puede acogerse a alguno de los supuestos previstos para la visa B1 o si resulta más conveniente valorar otra categoría de visado en función de las actividades que vaya a desarrollar.
Te acompañamos durante todo el proceso, desde el análisis inicial de viabilidad hasta la preparación de la documentación y la planificación de la estrategia migratoria más adecuada para tu empresa.
Si tu organización necesita enviar trabajadores a Estados Unidos o quieres confirmar cuál es la mejor opción para un proyecto concreto, contacta con nuestro equipo. Estudiaremos tu caso y te ayudaremos a planificar el desplazamiento con seguridad jurídica y conforme a la normativa estadounidense.
¿Se puede desplazar un trabajador a Estados Unidos con una visa B1?
Sí, pero únicamente en determinados supuestos previstos por la normativa estadounidense. La visa B1 puede utilizarse para algunos desplazamientos temporales relacionados con actividades de negocios o técnicas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y que el trabajador no se incorpore al mercado laboral estadounidense ni perciba una remuneración procedente de una fuente en Estados Unidos. Cada caso debe analizarse de forma individual.
¿Qué actividades técnicas puede realizar un trabajador con una visa B1?
Dependiendo del supuesto aplicable, una visa B1 puede permitir realizar actividades como la instalación, puesta en marcha, mantenimiento, reparación o formación relacionada con maquinaria o equipos suministrados por una empresa extranjera. Estas actividades deben estar directamente vinculadas a un contrato de venta internacional y cumplir las condiciones previstas por la normativa estadounidense.
¿Es necesario un visado de trabajo para instalar maquinaria en Estados Unidos?
No siempre. En determinados proyectos internacionales, la normativa estadounidense permite que técnicos especializados viajen con una visa B1 para realizar tareas de instalación o asistencia técnica, siempre que se cumplan los requisitos del epígrafe 9 FAM 402.2-5(E)(1). Si el desplazamiento implica desarrollar una actividad laboral distinta o incorporarse a una empresa estadounidense, será necesario valorar otro tipo de visado.
¿Puede un trabajador seguir cobrando su salario desde España durante el desplazamiento?
En algunos de los supuestos que permiten utilizar una visa B1, uno de los requisitos es que el trabajador continúe siendo remunerado por la empresa extranjera y no perciba un salario de una fuente estadounidense. No obstante, este aspecto debe analizarse conjuntamente con el resto de circunstancias del desplazamiento para confirmar que la categoría de visado elegida es la adecuada.
¿Qué aspectos conviene revisar antes de enviar trabajadores a Estados Unidos?
Antes de planificar un desplazamiento internacional resulta recomendable revisar las funciones que realizará el trabajador, la duración prevista del proyecto, la documentación contractual, la empresa que abonará la remuneración y la categoría migratoria más adecuada. Una planificación previa ayuda a reducir riesgos y facilita que el desplazamiento se desarrolle conforme a la normativa estadounidense.
Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresas estaremos encantados de ayudarte con la gestión.
Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a contacto@visadosempresas.com

