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Guía de visados

Visados para México para empresas y trabajadores desplazados

El visado o autorización necesaria para viajar, trabajar o desplazarse profesionalmente a México depende de la nacionalidad del trabajador, la actividad que realizará, la duración de la estancia y si recibirá remuneración en México.

Para una empresa no es lo mismo enviar a un profesional a una reunión comercial, desplazar temporalmente a un técnico para intervenir en un proyecto o contratar a un trabajador a través de una entidad establecida en México.

En Visados Empresas analizamos cada desplazamiento antes de iniciar el trámite para determinar si el trabajador necesita visa para México y qué procedimiento migratorio corresponde.

Nota informativa: Somos una consultora privada independiente especializada en asesoramiento migratorio y movilidad corporativa B2B. No somos una embajada, consulado ni organismo gubernamental oficial. Puede tramitar su solicitud directamente en los portales oficiales del gobierno correspondiente.

Visa para México para ciudadanos españoles: ¿cuándo es necesaria?

Los ciudadanos españoles no necesitan visa para viajar a México como visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas, siempre que su estancia no supere los 180 días y la actividad que vayan a desarrollar encaje en esta condición migratoria.

En un viaje profesional, sin embargo, no basta con comprobar la nacionalidad. La empresa debe analizar qué actividad realizará el trabajador en México, cuánto tiempo permanecerá en el país y si percibirá una remuneración en México.

Por tanto, una reunión comercial, una negociación o determinadas actividades profesionales sin remuneración en México pueden tener un tratamiento distinto al de una contratación local o una actividad por la que el trabajador vaya a recibir una remuneración en el país.

Para una empresa española que desplaza personal a México, conviene revisar el encaje migratorio antes del viaje, especialmente cuando se trata de técnicos, especialistas o profesionales que van a participar en un proyecto o prestar servicios temporalmente.

¿Qué debe analizar una empresa antes de desplazar trabajadores a México?

Visado para México para empresas y trabajadores desplazados

Antes de tramitar una visa para México, es necesario analizar las características concretas del desplazamiento. La nacionalidad por sí sola no determina qué vía migratoria corresponde, especialmente cuando el viaje tiene una finalidad profesional.

En Visados Empresas revisamos principalmente estos factores:

Nacionalidad del trabajador

Permite determinar si necesita obtener una visa antes de viajar a México o si puede solicitar la entrada sin visado para determinadas estancias.

Actividad que realizará en México

Una reunión de negocios, una negociación comercial, una formación, una asistencia técnica o el desempeño de un empleo no tienen necesariamente el mismo tratamiento migratorio.

Duración prevista del desplazamiento

El tiempo que el profesional permanecerá en México puede condicionar la vía aplicable y los trámites que deberán realizarse.

Remuneración durante la estancia

Es fundamental determinar si el profesional realizará actividades remuneradas en México o si continúa percibiendo su salario desde el extranjero.

Relación con la empresa o entidad mexicana

También debe comprobarse si existe una oferta de empleo en México o si el trabajador viaja para prestar servicios a un cliente, filial, empresa del grupo u otra entidad receptora.

Con esta información puede determinarse si el profesional necesita visa para México, qué condición de estancia puede corresponder y si el procedimiento debe iniciarse ante el Instituto Nacional de Migración (INM) antes de acudir al consulado.

¿Qué visa necesita un trabajador para viajar a México?

La visa o condición de estancia adecuada depende principalmente de la actividad que vaya a realizar el profesional, la duración prevista y si existe una actividad remunerada u oferta de empleo en México. Por eso, dos trabajadores que viajan al mismo país y durante un periodo similar pueden necesitar procedimientos migratorios diferentes.

Situación Vía que puede corresponder
Reuniones, negociaciones o determinadas actividades profesionales sin remuneración en México Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. Según la nacionalidad, puede no ser necesario obtener visa previamente.
Técnico o especialista desplazado temporalmente y remunerado desde el extranjero Debe analizarse la actividad concreta, la duración y las condiciones del desplazamiento para determinar la condición migratoria aplicable.
Oferta de empleo en México por un periodo de hasta 180 días Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, con autorización previa del Instituto Nacional de Migración (INM) cuando corresponda.
Oferta de empleo en México por un periodo superior a 180 días Residencia temporal por oferta de empleo, previa autorización del Instituto Nacional de Migración (INM).
Estancia superior a 180 días sin contratación local Puede corresponder una residencia temporal si se cumplen los requisitos de alguna de las vías previstas.

La existencia de un viaje de negocios o de un desplazamiento temporal no determina por sí sola la vía migratoria. Antes de presentar una solicitud conviene revisar la actividad real que desarrollará el profesional y cómo se articula su relación con la empresa mexicana.

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Viajes de negocios a México y actividades profesionales sin remuneración

Una persona extranjera puede viajar a México para realizar determinadas actividades de negocios o profesionales sin recibir una remuneración en el país, siempre que cumpla las condiciones migratorias aplicables a su nacionalidad y al tipo de estancia.

Entre las actividades que pueden encajar en un viaje profesional sin remuneración en México se encuentran, según el caso, reuniones comerciales, negociaciones, asistencia a eventos, formación, supervisión, asesoramiento o determinadas intervenciones técnicas. La clave no está únicamente en que el viaje sea breve, sino en analizar qué va a hacer realmente el profesional durante su estancia.

Para una empresa, conviene revisar especialmente:

  • quién mantiene la relación laboral con el trabajador;
  • desde qué país continúa percibiendo su salario;
  • qué actividad concreta desarrollará en México;
  • cuánto tiempo permanecerá en el país;
  • qué entidad mexicana recibe o coordina su desplazamiento.

Cuando la persona vaya a percibir una remuneración en México o exista una oferta de empleo local, puede ser necesario acudir a una vía migratoria distinta y, en determinados casos, obtener previamente una autorización del Instituto Nacional de Migración.

Este análisis permite diferenciar correctamente entre viaje de negocios, desplazamiento temporal y contratación local, tres situaciones que no deben tratarse como equivalentes.

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Técnicos y especialistas desplazados a México

El desplazamiento temporal de un técnico o especialista a México no implica automáticamente que necesite una visa de trabajo. La vía migratoria depende de la actividad concreta que realizará, de la duración prevista y, especialmente, de si recibirá o no una remuneración en México.

Las autoridades mexicanas contemplan dentro de la condición de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas determinadas actividades profesionales como visitas de supervisión, capacitación, asesorías o trabajos técnicos en empresas, siempre que no exista pago en México.

Esto puede ser relevante, por ejemplo, cuando una empresa necesita desplazar temporalmente personal para:

  • instalación o puesta en marcha de equipos;
  • supervisión de un proyecto;
  • mantenimiento o asistencia técnica;
  • capacitación de personal;
  • asesoramiento especializado;
  • revisión o seguimiento de trabajos ejecutados en México.

Sin embargo, la denominación interna del viaje no determina por sí sola la situación migratoria. Antes del desplazamiento conviene revisar quién emplea al profesional, quién asume su remuneración, qué actividad realizará sobre el terreno, cuánto tiempo permanecerá en México y qué relación existe con la empresa o cliente mexicano.

Cuando existe una oferta de empleo formal en México, la situación cambia. Para una ocupación de hasta 180 días puede corresponder la condición de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; si la ocupación supera los 180 días, puede corresponder una residencia temporal por oferta de empleo.

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Visa para trabajar en México por oferta de empleo

Cuando una persona extranjera cuenta con una oferta de empleo de una persona física o moral establecida legalmente en México, el procedimiento debe iniciarse ante el Instituto Nacional de Migración (INM). La empresa o entidad mexicana que realiza la oferta es quien promueve la autorización previa necesaria para que posteriormente el trabajador pueda tramitar la visa correspondiente ante el consulado.

La vía depende principalmente de la duración prevista del empleo:

  • Hasta 180 días: puede corresponder una visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
  • Más de 180 días: puede corresponder una visa de residencia temporal por oferta de empleo. La residencia temporal puede concederse de acuerdo con la duración de la oferta, con un máximo de cuatro años.

¿Qué debe hacer la empresa en México?

La empresa que formula la oferta debe acreditar, entre otros requisitos, su inscripción como empleador ante el INM y presentar una oferta de empleo en la que consten datos como la ocupación, la temporalidad, el lugar de trabajo y la remuneración. También debe aportar la documentación identificativa del empleador o de su representante y la documentación correspondiente de la persona extranjera.

Una vez obtenida la autorización del INM, el trabajador continúa con la fase consular, que puede incluir la solicitud de cita, entrevista, presentación de documentación, registro de datos biométricos y pago de los derechos correspondientes.

Este proceso es distinto del desplazamiento de un profesional que continúa vinculado y remunerado desde el extranjero, por lo que conviene determinar si existe realmente una oferta de empleo en México antes de iniciar la tramitación.

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Principales tipos de visa para México

México contempla diferentes visas y condiciones de estancia en función del motivo del viaje, la duración y la existencia o no de actividades remuneradas. Para una empresa, las más relevantes suelen ser las siguientes:

Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas

Puede resultar aplicable a estancias de hasta 180 días cuando la persona extranjera no recibe una remuneración en México. Puede abarcar, según el caso, viajes de negocios, reuniones, formación, supervisión, asesoramiento o determinadas actividades técnicas.

Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas

Puede corresponder cuando existe una oferta de empleo en México por un periodo de hasta 180 días. En estos casos, normalmente interviene previamente el Instituto Nacional de Migración.

Residencia temporal por oferta de empleo

Está dirigida a personas extranjeras que van a trabajar en México durante un periodo superior a 180 días. El procedimiento suele iniciarse por la empresa empleadora ante el INM y continuar posteriormente ante el consulado.

Residencia temporal

La residencia temporal puede concederse por distintos motivos, entre ellos solvencia económica, unidad familiar, determinados supuestos de inversión o una oferta de empleo, siempre que se cumplan los requisitos de la vía correspondiente.

Residencia temporal por unidad familiar

Puede aplicarse cuando la persona extranjera acredita un vínculo familiar con una persona mexicana o con otra persona extranjera residente en México, conforme a los supuestos previstos por la normativa.

La denominación de la visa no debe elegirse solo por la duración del viaje. En movilidad corporativa también es necesario analizar la actividad, la remuneración y la relación con la empresa mexicana.

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Requisitos para solicitar una visa para México

Los requisitos para solicitar una visa para México varían según la nacionalidad, el motivo del viaje, la condición de estancia y el procedimiento que corresponda. En los desplazamientos profesionales también puede ser necesario aportar documentación de la empresa, de la entidad mexicana y de la actividad que realizará el trabajador.

Documentación del trabajador

Según el procedimiento, puede ser necesario aportar:

  • pasaporte vigente;
  • formulario de solicitud;
  • fotografía y documentación de identidad;
  • documentación que acredite su perfil profesional, cuando resulte relevante;
  • documentación económica o familiar, si la vía utilizada se basa en estos supuestos;
  • autorización previa del INM, cuando el procedimiento la requiera.

Documentación de la empresa

En procedimientos vinculados a una oferta de empleo o a un desplazamiento profesional pueden intervenir documentos como:

  • oferta de empleo o carta de invitación;
  • información sobre el puesto, la actividad, la duración y la remuneración;
  • documentación identificativa y societaria de la empresa;
  • acreditación o constancia de inscripción del empleador ante el INM cuando sea exigible;
  • documentación que justifique el proyecto o la actividad que desarrollará el profesional en México.

Los requisitos deben revisarse según la vía concreta

No existe una única lista de documentos válida para todas las visas mexicanas. Una solicitud por oferta de empleo, una residencia temporal o un desplazamiento profesional sin remuneración en México parten de circunstancias diferentes y, por tanto, también pueden requerir documentación distinta.

Por eso, antes de preparar el expediente conviene determinar primero qué condición migratoria corresponde al caso y comprobar posteriormente los requisitos exigidos por el Instituto Nacional de Migración (INM) y/o el consulado competente.

Evita retrasos o denegaciones

Cómo solicitar una visa para México: proceso paso a paso

El procedimiento para solicitar una visa para México depende del motivo del desplazamiento. En algunos casos, el trámite puede realizarse directamente ante el consulado mexicano correspondiente; en otros, como determinadas solicitudes vinculadas a una oferta de empleo, es necesaria una autorización previa del Instituto Nacional de Migración (INM).

1. Determinar la vía migratoria

Antes de iniciar la solicitud se analiza la nacionalidad del trabajador, la actividad que realizará en México, la duración prevista, la remuneración y su relación con la entidad mexicana.

2. Comprobar si se necesita autorización previa del INM

Cuando el procedimiento está vinculado a una oferta de empleo, la empresa o entidad establecida en México puede tener que iniciar previamente la solicitud ante el INM. No todas las visas requieren esta fase.

3. Preparar la documentación

Se reúne y revisa la documentación correspondiente al trabajador y, cuando proceda, a la empresa o entidad mexicana. Los requisitos deben comprobarse específicamente para la categoría solicitada.

4. Realizar el trámite consular

Cuando sea necesaria una visa, el solicitante deberá completar la fase correspondiente ante el consulado mexicano competente, que puede incluir cita, presentación de documentación, entrevista, toma de datos biométricos y pago de derechos.

5. Entrada en México y trámites posteriores

La obtención de la visa no siempre supone que el procedimiento migratorio haya terminado. En determinadas categorías de residencia, después de entrar en México deben realizarse trámites adicionales ante el INM para obtener la documentación que acredite la condición de estancia.

Para una empresa que trabaja con fechas de incorporación o de inicio de proyecto, conviene planificar conjuntamente la fase ante el INM, la fase consular, el viaje y los posibles trámites posteriores a la entrada en México.

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¿Cuánto tarda una visa para México?

El plazo para obtener una visa para México depende del tipo de procedimiento y de si existe o no una fase previa ante el Instituto Nacional de Migración (INM).

En los trámites consulares gestionados desde España, la información oficial del Consulado de México en Barcelona indica un plazo máximo de resolución de hasta 10 días hábiles, siempre que la documentación se haya presentado de forma completa y satisfactoria. En algunos supuestos, si la documentación y la entrevista son correctas y no se requiere una verificación adicional, la visa puede entregarse el mismo día.

Sin embargo, cuando el caso está vinculado a una oferta de empleo, antes de llegar a la fase consular puede ser necesaria una autorización del INM. Una vez autorizada la entrevista consular, esa autorización tiene una vigencia de 30 días hábiles para continuar con el procedimiento correspondiente.

Por eso, para calcular el tiempo real de un desplazamiento profesional deben tenerse en cuenta varias fases:

  • preparación y revisión de la documentación;
  • posible autorización previa ante el INM;
  • disponibilidad de cita consular;
  • resolución de la solicitud de visa;
  • entrada en México;
  • trámites posteriores, cuando la condición de estancia los requiera.

Para una empresa con una fecha prevista de incorporación, puesta en marcha o inicio de proyecto, lo recomendable es planificar el proceso migratorio antes de fijar definitivamente el viaje, especialmente cuando intervienen varias autoridades.

¿Cuánto cuesta una visa para México?

El coste de una visa para México depende del tipo de trámite y de las fases que deban completarse. La tasa consular ordinaria por la recepción y estudio de una solicitud de visa es actualmente de 56 USD.

En los procedimientos vinculados a empleo pueden existir además otros derechos migratorios asociados a la condición de estancia o a trámites posteriores en México.

Para calcular el coste real de un desplazamiento empresarial conviene diferenciar entre:

  • tasas y derechos oficiales;
  • posibles traducciones, apostillas o legalizaciones;
  • gastos derivados de documentación complementaria;
  • trámites posteriores a la entrada en México, cuando correspondan;
  • honorarios profesionales por el análisis, preparación y seguimiento del expediente.

En Visados Empresas los honorarios dependen de la vía migratoria, la complejidad del caso, el número de trabajadores y el alcance del servicio solicitado.

La tasa consular no representa necesariamente el coste total del proceso migratorio. En determinados expedientes pueden existir varias fases y derechos diferentes antes y después de la entrada en México.

Errores frecuentes al gestionar visas y desplazamientos a México

En movilidad internacional, muchos problemas no aparecen porque falte documentación, sino porque se ha elegido mal la vía migratoria o se ha descrito de forma imprecisa la actividad que realizará el trabajador.

Entre los errores más frecuentes están:

  • Confundir un viaje de negocios con una autorización para trabajar.
    Que una estancia sea breve o tenga finalidad profesional no significa automáticamente que cualquier actividad esté permitida bajo la condición de visitante.
  • No analizar correctamente la remuneración.
    Es importante comprobar si el trabajador seguirá siendo remunerado desde el extranjero o si percibirá ingresos en México.
  • Iniciar el trámite ante el organismo equivocado.
    Determinados procedimientos vinculados a una oferta de empleo requieren una fase previa ante el Instituto Nacional de Migración (INM) antes del trámite consular.
  • Describir de forma demasiado genérica la actividad.
    Expresiones como “apoyo técnico” o “supervisión” pueden ser insuficientes si no se explica qué hará realmente el profesional, durante cuánto tiempo y para qué entidad.
  • Calcular mal los plazos.
    La autorización del INM, la cita consular, la emisión de la visa y los posibles trámites posteriores deben coordinarse con la fecha real del proyecto.
  • Preparar la documentación sin revisar la coherencia entre empresa y trabajador.
    La oferta de empleo, la carta de invitación, el contrato, el puesto y la actividad prevista deben ser consistentes entre sí.

En un desplazamiento profesional, el error no suele estar solo en el documento que falta, sino en haber elegido una vía que no encaja con la actividad real del trabajador.

Cómo gestionamos los visados para México en Visados Empresas

En Visados Empresas ayudamos a las empresas a planificar y gestionar desplazamientos profesionales a México, desde el análisis inicial hasta la coordinación de las distintas fases del procedimiento migratorio.

1. Analizamos el desplazamiento

Revisamos la nacionalidad del trabajador, la actividad que realizará, la duración prevista, la remuneración y la relación con la empresa mexicana para identificar la vía migratoria que puede corresponder.

2. Comprobamos si debe intervenir el INM

Determinamos si el procedimiento puede iniciarse directamente en sede consular o si requiere una autorización previa del Instituto Nacional de Migración (INM).

3. Preparamos y revisamos la documentación

Coordinamos la documentación de la empresa y del trabajador y comprobamos que exista coherencia entre la actividad declarada, el puesto, la duración del desplazamiento y la vía seleccionada.

4. Coordinamos la fase consular

Acompañamos a la empresa y al profesional en la preparación de la cita consular, la revisión documental, la entrevista y las demás actuaciones que correspondan según el procedimiento.

5. Seguimos el expediente y los trámites posteriores

Realizamos seguimiento del proceso y, cuando la categoría migratoria lo requiere, coordinamos también los pasos posteriores a la entrada en México.

¿Tu empresa necesita desplazar trabajadores a México?
Analizamos el caso antes de iniciar el trámite y te indicamos qué vía migratoria corresponde.

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Fuentes oficiales sobre visas y migración en México

Para elaborar y actualizar esta información utilizamos documentación publicada por organismos oficiales mexicanos. Entre las principales fuentes consultadas se encuentran:

  • Instituto Nacional de Migración (INM):
    información sobre procedimientos iniciados en México, autorizaciones por oferta de empleo y requisitos aplicables a empleadores y trabajadores extranjeros.
    Consultar información oficial del Gobierno de México.
  • Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE):
    información oficial sobre tipos de visa, régimen consular y actividades permitidas bajo la condición de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. La SRE incluye, entre otras, viajes de negocios, supervisión, capacitación, asesorías y determinados trabajos técnicos sin pago en México.
    Consultar información oficial de la SRE.
  • Portal oficial de trámites del Gobierno de México:
    requisitos, vigencia, tasas y plazos de determinados procedimientos consulares. Por ejemplo, la ficha oficial de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas recoge actualmente una vigencia de hasta 180 días, una tasa de 56 USD y un plazo de respuesta de 10 días hábiles.
    Consultar ficha oficial del trámite.
  • Representaciones consulares de México:
    información práctica sobre solicitudes, citas y requisitos consulares según el lugar desde el que se tramite.

Preguntas frecuentes

¿Necesita visa un ciudadano español para viajar a México?

No para determinadas estancias de hasta 180 días como visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. Sin embargo, en un desplazamiento profesional debe analizarse la actividad concreta, la duración y si existirá remuneración en México.

¿Puede un trabajador viajar a México para una reunión o viaje de negocios sin visa de trabajo?

Puede ser posible cuando no existe una actividad remunerada en México y la actividad encaja dentro de la condición migratoria correspondiente. La nacionalidad del trabajador también determina si necesita obtener previamente una visa de visitante.

¿Necesita visa de trabajo un técnico desplazado temporalmente a México?

No necesariamente. Debe analizarse qué actividad realizará, cuánto tiempo permanecerá en México, quién lo emplea y dónde recibe su remuneración. Determinados trabajos técnicos, actividades de supervisión, capacitación o asesoramiento pueden tener un tratamiento distinto de una contratación local.

¿Qué visa corresponde si existe una oferta de empleo en México?

Si existe una oferta de empleo formal, la empresa establecida en México debe iniciar el procedimiento ante el INM. Para una ocupación de hasta 180 días puede corresponder la condición de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; para periodos superiores, una residencia temporal por oferta de empleo.

¿Puede hacerse todo el trámite de una visa de trabajo desde España?

No cuando la solicitud está basada en una oferta de empleo en México. En estos casos, la empresa o entidad mexicana debe obtener previamente la autorización del INM y, después, el trabajador continúa con la fase consular.

¿La obtención de la visa termina el procedimiento migratorio?

No siempre. En determinadas categorías de residencia pueden existir trámites posteriores a la entrada en México para documentar correctamente la condición de estancia.

Autoría y revisión del contenido

ANTONIO ESTÉVEZ

Redactado por ANTONIO ESTÉVEZ

Executive Partner · Cucalón Estévez Servicios de Legalizaciones SL

Antonio Estévez, director general y socio fundador, decidió crear Visados Empresas en el año 2019 En VISADOS EMPRESAS tenemos los conocimientos para poder asesorar y gestionar cualquier visado o permiso de trabajo, con independencia del país al que se tenga que viajar, para trabajadores de viajan desde España a un país extranjero o para extranjeros que tienen que venir a trabajar a España.

Publicado: julio de 2026 Última revisión: septiembre 2026

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