Como bien sabes, si un ciudadano quiere entrar en Estados Unidos es necesario obtener un visado, bien sea un visado de inmigrante, de residencia permanente o no inmigrante para una estancia temporal.
El visado de visitante J se engloba en la categoría de no inmigrante y permite participar en programas de intercambio en Estados Unidos durante un plazo de tiempo corto.
El término intership se orienta a estudiantes universitarios o recién graduados que se encuentren en España y quieran realizar unas prácticas profesionales en EEUU.
Dentro del Exchange Visitor Program que establece EEUU, el Departamento de Estado ofrece un programa de internships para extranjeros que quieren realizar unas prácticas profesionales con el fin de obtener experiencia en su campo profesional en empresas de Estados Unidos.
Bajo el paraguas del visado J, las categorías de visitantes de intercambio engloban:
- Au pair y EduCare
- Consejero de campamento
- Visitante del gobierno
- Interno
- Visitante Internacional (uso del Departamento de Estado)
- Médico
- Profesor e investigador
- Becario a corto plazo
- Especialista
- Estudiante, colegio / universidad
- Estudiante de secundaria
- Viajes de trabajo de verano
- Maestro
- Aprendiz
La normativa norteamericana también hace un desglose en relación a programas piloto de visitantes de intercambio para algunos países:
- Programa piloto de viajes de trabajo de verano: australianos
- Programa piloto de viajes de trabajo de verano: neozelandeses
- Programa piloto de viajes de trabajo en prácticas: irlandés
- Programa WEST (Trabajo, Estudio de Inglés y Viajes): Coreanos del Sur
¡ Recordad que los solicitantes no pueden viajar con el Programa de exención de visa o con visas de visitante, es necesario tramitar una visa de visitante J!
¿Qué es el visado J?
Como se ha detallado en el primer apartado, este visado está enfocado a auqllos estudiantes universitarios extranjeros o recién graduados que quieran realizar prácticas en EEUU para adquirir experiencia profesional en su campo estableciendo así una equidad entre la educación teórica y la experiencia laboral práctica.
Para obtener este visado es necesario que los estudiantes:
- Estén matriculados y cursando estudios en una institución académica postsecundaria extranjera que conlleve a títulos o certificados fuera de Estados Unidos
- Que la graduación se haya realizado no más de 12 meses antes de la fecha de inicio de su programa de visitantes de intercambio.
Para este visado es necesario un “patrocinador de programa”/ sponsor. Se trata de una entidad privada que se encargará de “patrocinar” al estudiante para la obtención del visado. Esta organización certificará la autorización en el programa J1, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por el Departamento de Estado, presentando como comentamos a continuación el DS-2019.
En relación a los empleadores, será necesario entre otras normativas que exista un documento firmado, el DS-7002 estableciendo una Plan de colocación de capacitación/pasantía (T/IPP) para verificar que los objetivos del programa cumplen con todas las garantías.
¿Cuál es la documentación solicitada?
Para la obtención del visado J, entre otra documentación, será necesario presentar:
En primer lugar, como para la mayoría de visados para EEUU, presentar el formulario DS-160.
Adicionalmente, a este documento es requisito indispensable solicitar el certificado de elegibilidad para el estado de visitante de intercambio, el formulario DS-2019 que lo elaborará el patrocinador elegido por cada solicitante.
¿Para qué sirve el formulario DS-2019?
Al igual que en España, por ejemplo, ocurre que, para solicitar una estancia por estudios, el centro de enseñanza debe ser una institución autorizada y reconocida por España, en el caso de EEUU, es necesario que un patrocinador oficial autorizado por el Departamento de Estado de EEUU emita el DS-2019.
Una vez que se disponga del patrocinador, éste incluirá al candidato en el sistema informático que se conoce como SEVIS (Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio) y le entregará el documento previamente mencionado, el DS-2019, Certificate of Eligibility for Exchange Visitor Status.
Una vez obtenido este documento, junto al DS-160 y el resto de documentación, ya se podrá solicitar el visado en la Embajada de EEUU con su correspondiente cita.
Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresas estaremos encantados de ayudarte con la gestión.
Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a contacto@visadosempresas.com
PUEDE QUE TAMBIÉN LE INTERESE…
Desplazando extranjeros no comunitarios a prestar servicios en España
Canadá: marcando récord en solicitudes de inmigración
Visa H-1B. Apertura para el registro inicial del H-1B para el 2024: 1 de marzo de 2023
RECUERDE:
-
En VISADOS EMPRESAS somos EXPERTOS en la gestión de visados.
-
Desarrollar actividades laborales sin tener el preceptivo visado está perseguido por la legislación y puede generar graves perjuicios a la compañía local.
-
Gestionar un visado sin tener los conocimientos adecuados puede acarrear retrasos inesperados, problemas a la entrada e incluso la pérdida del importe de las tasas.