Visado de nómada digital. España
Visado de nómada digital. España. Visados Empresas

El pasado 22 de diciembre de 2022 se publicó en el BOE la conocida Ley de Startups o de fomento de ecosistema de las empresas emergentes. (Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes)

Objetivos generales de la ley

La ley indica entre sus objetivos generales, fomentar la creación, crecimiento y relocalización de empresas emergentes o startups (pequeñas y medianas empresas emprendedoras) favoreciendo así la internacionalización.

Las empresas emergentes tienen unas características específicas que actualmente, no encajaban en la normativa tradicional, en el ámbito fiscal, mercantil, civil y laboral por lo que pretende limar estos obstáculos.

Otro de los objetivos principales, y muy importante para poder desarrollar este artículo, es la atracción de talento y capital internacional para el desarrollo del ecosistema español de empresas emergentes o trabajadores a distancia, conocidos como “nómadas digitales”.

Los nómadas digitales en la ley están recogidos en el Capítulo V Bis detallando la definición de teletrabajadores de carácter internacional y la posibilidad de solicitar el visado o la autorización de teletrabajo si cumplen determinados requisitos.

No obstante, aún tendremos que esperar un poco para que se pueda solicitar este visado ya que, aún no existen instrucciones para el mismo.  Como indica el mismo texto en su DA vigésima:  la elaboración de las correspondientes instrucciones técnicas, deberán estar elaboradas a más tardar el 31 de marzo de 2023 y contener requisitos específicos adaptados para los solicitantes de visados y autorizaciones de residencia a los que se refiere esta ley.

Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización

 Esta ley modifica al mismo tiempo a su “predecesora” Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, incluyendo a los teletrabajadores de carácter internacional, entre los extranjeros que quieran entrar o residir en España facilitando su entrada al tratarse de razones de interés económico.

La Unidad de Grandes Empresas (UGE) nos ha informado que ya están trabajando en los cambios informáticos para poder adaptar la plataforma para su presentación, así como lo modelos y las hojas informativas.

Aunque todavía no sea posible su presentación, os mantendremos informados de su evolución cuando implementen las instrucciones con los requisitos que deberán cumplir los solicitantes de los visados y autorizaciones de residencia a los que se refiere la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, incluyendo requisitos específicos adaptados a los teletrabajadores de carácter internacional.

 

Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresas estaremos encantados de ayudarte con la gestión.

Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com

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RECUERDE:

  • En VISADOS EMPRESAS somos EXPERTOS en la gestión de visados.

  • Desarrollar actividades laborales sin tener el preceptivo visado está perseguido por la legislación  y puede generar graves perjuicios a la compañía local.

  • Gestionar un visado sin tener los conocimientos adecuados puede acarrear retrasos inesperados, problemas a la entrada e incluso la pérdida del importe de las tasas.

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