USCIS Revisa los Requisitos de la Visa EB-1 de Habilidad Extraordinaria: ¿Cómo afecta a los Profesionales? – PARTE I
Visa EB-1 de Habilidad Extraordinaria Visados Empresas

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha emitido nuevas directrices políticas respecto a los tipos de evidencia que puede evaluar para la clasificación EB-1 de Habilidad Extraordinaria (E11). La clasificación EB-1 de Habilidad Extraordinaria está disponible para ciertos trabajadores altamente cualificados.

Este artículo será el primero de una serie en la que analizaremos en detalle los cambios recientes y su impacto. En una segunda edición, ampliaremos la información y abordaremos específicamente cómo estas nuevas directrices podrían afectar a tu caso personal.

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¿Cómo se puede optar a una Visa EB-1 de Habilidad Extraordinaria?

Para optar a esta clasificación de visado para Estados Unidos, se debe demostrar poseer habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo a través de un reconocimiento nacional o internacional sostenido. Aunque el estándar para la Habilidad Extraordinaria EB-1 es elevado, esta clasificación ofrece ventajas significativas.

Notablemente, las tarjetas de residencia suelen estar disponibles para los inmigrantes EB-1 mucho antes que en otras categorías basadas en el empleo. Además, la Habilidad Extraordinaria EB-1 no requiere una prueba del mercado laboral de EE. UU.

Puntos Clave de la Nueva Guía de Políticas sobre los criterios de elegibilidad para la Visa EB-1 de Habilidad Extraordinaria

Para que puedan solicitar la visa EB-1 bajo los nuevos criterios, deben asegurarse de que el solicitante presente pruebas claras de su reconocimiento en el campo profesional.

Visados Empresas puede ayudarte a solicitar la visa EB-1 cumpliendo con los nuevos criterios establecidos por USCIS. Nuestro equipo te asistirá para asegurarte de que toda la documentación esté alineada con las directrices actualizadas, maximizando tus posibilidades de éxito al presentar una solicitud sólida.

1. Reconocimiento de Premios en Equipo:

USCIS confirma que considerará la recepción de premios en equipo por parte de una persona bajo el criterio de premios menores nacionales o internacionales reconocidos por excelencia en el campo de especialización.

Esto significa que, si un individuo ha recibido un premio como parte de un equipo, este reconocimiento puede ser evaluado como evidencia de su habilidad extraordinaria para optar a la visa EB-1 de Habilidad Extraordinaria.

 

2. Consideración de Membresías Pasadas:

Antes USCIS solo consideraba las membresías actuales en asociaciones profesionales que requerían logros sobresalientes de sus miembros. Es decir, si en el momento de presentar la solicitud el solicitante era miembro activo de una asociación prestigiosa, podía utilizar esa membresía como evidencia de su habilidad extraordinaria.

Ahora USCIS ha aclarado que también considerará las membresías pasadas en dichas asociaciones. Esto significa que, aunque el solicitante ya no sea miembro activo, puede presentar pruebas de su membresía anterior en asociaciones relevantes que requerían logros sobresalientes. Esta ampliación permite a los solicitantes utilizar toda su trayectoria profesional para demostrar su elegibilidad para la visa EB-1 de Habilidad Extraordinaria, no solo su situación actual.

3. Actualización sobre Material Publicado:

Anteriormente, para cumplir con el criterio de «material publicado» sobre el solicitante en publicaciones profesionales o comerciales importantes, USCIS requería que dicho material demostrara explícitamente el valor del trabajo y las contribuciones del solicitante en su campo.

Esto significaba que el artículo o publicación debía resaltar la importancia y el impacto del trabajo del individuo.

Con las nuevas directrices, USCIS ha eliminado el requisito de que el material publicado deba demostrar el valor del trabajo y las contribuciones del solicitante.

Ahora, es suficiente con que exista material publicado sobre el solicitante en publicaciones profesionales o comerciales importantes. Esto simplifica el criterio, ya que no es necesario que el material enfatice el impacto o valor de las contribuciones del individuo, siempre y cuando el contenido trate sobre él en el contexto de su campo profesional.

 

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4. Definición de «Exhibición Artística»:

Antes de las directrices, el término «exhibición» no estaba claramente definido en las regulaciones, lo que permitía interpretaciones más amplias. Algunos solicitantes presentaban participaciones en exhibiciones no artísticas (como ferias científicas, exposiciones tecnológicas, presentaciones profesionales, etc.) para cumplir con este criterio, argumentando que cualquier muestra pública de su trabajo era válida.

Ahora, USCIS ha aclarado que el criterio se refiere específicamente a «exhibiciones artísticas». Esto significa que solo se considerarán participaciones en exhibiciones relacionadas con el arte (como galerías, museos, festivales de arte, conciertos, etc.) al evaluar este criterio. Las exhibiciones no artísticas ya no serán aceptadas bajo este criterio estándar. Sin embargo, si un solicitante participa en exhibiciones no artísticas y considera que esto demuestra su habilidad extraordinaria, puede presentarlas como evidencia comparable, siempre y cuando estén adecuadamente respaldadas y justificadas en el contexto de su campo.

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¿Cómo pueden afectarme estos cambios?

Las nuevas directrices de USCIS para la visa EB-1 ofrecen mayor claridad sobre los tipos de evidencia que pueden ser utilizados para demostrar habilidad extraordinaria en diversas disciplinas. Estos cambios proporcionan más flexibilidad a los solicitantes, pero también exigen una planificación cuidadosa para cumplir con los requisitos. A medida que estas políticas se implementen, será clave entender cómo pueden aplicarse a cada caso específico.

Te invitamos a seguir atentos a nuestra próxima publicación, donde abordaremos en detalle cómo estas actualizaciones pueden impactar tu solicitud y qué estrategias puedes utilizar para fortalecer tu caso.

Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresas estaremos encantados de ayudarte con la gestión.

Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com

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