El otro día os hablábamos del SIPSI, el registro que era necesario realizar para enviar trabajadores a Francia que, de no realizarse, podía suponer sanciones que alcanzaban hasta los 500.000€
Hoy cambiamos de país y venimos a contaros qué debemos tener en cuenta si queremos desplazar trabajadores a Suecia. Para este caso, en el que un empleador de un país extranjero envía trabajadores a Suecia para prestar servicios, es de aplicación la Ley (1999:678) sobre el desplazamiento de trabajadores y la Ordenanza (2017:319).
Pues bien, al igual que ocurría con Francia, a la hora de desplazar trabajadores a Suecia hay que notificarlo a la Oficina de Entorno Laboral sueca. Además, es obligación también de la empresa extranjera, proporcionar la documentación del registro al destinatario del servicio en Suecia que demuestre que se ha realizado la notificación de acuerdo con la Ley. En la notificación deberán aportarse los datos del trabajador, del empleador y de la prestación de servicios, entre otros.
¿ Qué ocurre si no realizamos esta notificación a las autoridades del país?
Pues como con el SIPSI, la normativa sueca a dispuesto una serie de sanciones para quienes incumplen con este deber. Para aquellos que violan las disposiciones sobre la obligación de informar o de proporcionar la documentación al destinatario en Suecia, la multa será de 20.000 coronas suecas, lo que equivaldría a unos 1.800€ aproximadamente.
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