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Turquía

Visado de asistencia técnica para Turquía: gestión para empresas y desplazamientos profesionales

Este visado permite a empresas enviar personal para montaje, reparación, mantenimiento o formación técnica de maquinaria o equipos en Turquía. Está especialmente diseñado para entornos industriales B2B que requieren tiempos ajustados y una correcta planificación previa. Una asesoría especializada ayuda a minimizar riesgos y optimizar plazos.

Nota informativa: Somos una consultora privada independiente especializada en asesoramiento migratorio y movilidad corporativa B2B. No somos una embajada, consulado ni organismo gubernamental oficial. Puede tramitar su solicitud directamente en los portales oficiales del gobierno correspondiente.

¿Qué es?

Es un visado de tipo ‘Working Visa – Montage and Repairman Purposes’ para Turquía que exime a personal técnico enviado por empresas del visado de trabajo ordinario, siempre que su estancia no supere tres meses en un año natural. Aplica a tareas de montaje, mantenimiento, reparación o formación técnica relacionada con maquinaria o equipos importados.

¿Para qué situaciones se utiliza?

Se utiliza cuando una empresa industrial necesita desplazar personal técnico para realizar montaje, reparación, mantenimiento o formación sobre equipos o maquinaria importados a Turquía. Es una solución temporal y específica, útil para servicios técnicos puntuales.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas extranjeras que envían personal técnico especializado para realizar tareas específicas en Turquía. El personal debe acreditar el objetivo técnico (montaje, reparación u otro) y respetar el límite máximo de tres meses en el país dentro de un año.

Requisitos principales

• Acreditar de forma documental que se trata de tareas de montaje, reparación, mantenimiento o formación sobre maquinaria o equipos importados.
• Garantizar que la estancia total no supere los tres meses en un año natural.
• Justificar fehacientemente la actividad técnica programada y su duración.
La exención del visado de trabajo se basa en el artículo 55 del Reglamento de aplicación de la Ley de Permisos de Trabajo (Ley 6458).

Revisamos si tu caso cumple los requisitos antes de iniciar el trámite.

Documentación necesaria (por bloques)

Según orientación consular y documentación complementaria:
• Carta invitación de la empresa turca o del importador indicando propósito, lugar y duración de la actividad técnica.
• Documentos de compraventa o importación del equipo sobre el que se actuará.
• Información acreditativa de la posición y actividad del técnico (firma, sello, traducción al turco si procede).
• Datos logísticos (fechas estimadas, lugar de estancia).
• Si procede, documentación personal adicional traducida oficialmente.

Evita retrasos por documentación incompleta o mal planteada.

Duración, entradas y condiciones de estancia

La estancia máxima es de tres meses dentro de un año natural desde la fecha de entrada en Turquía, sin posibilidad de prórroga dentro de ese período. Una vez agotado, el técnico necesitaría un visado de trabajo ordinario si su presencia continuara en el país. Se exige notificación a la policía local en un plazo máximo de treinta días desde su llegada y antes de iniciar las actividades.

Plazos de tramitación y cuándo empezar

El procedimiento comienza con la empresa solicitante preparando la documentación y presentando la solicitud en la misión diplomática o consular turca correspondiente. Dado que no se prolonga más allá de tres meses, es recomendable iniciar el trámite con suficiente antelación —al menos varias semanas antes del desplazamiento— para evitar imprevistos en agenda o logística.

Planifica el desplazamiento de tus trabajadores con margen.

Errores frecuentes

• No respetar el límite de tres meses dentro de un año natural.
• No notificar a las autoridades locales (policía) dentro del plazo legal tras la llegada.
• Documentación insuficiente o sin traducción jurada cuando sea necesaria.
• Confundir este visado con un visado de trabajo estándar y omitir la tramitación correcta si el plazo de estancia es mayor.

Déjanos revisar tu caso antes de presentar el expediente.

¿Es este el visado adecuado o existe una alternativa?

Este visado es adecuado para desplazamientos técnicos cortos relacionados con maquinaria importada. Si la actividad supera tres meses en total, o si hay necesidad de contratación local o continuidad en el país, conviene considerar el visado de trabajo ordinario (requiere permiso de trabajo del Ministerio de Trabajo de Turquía). La selección depende del tiempo, tipo de actividad y continuidad del servicio.

Cómo ayuda Visados Empresas

Ofrecemos consultoría especializada para empresas que planifican desplazamientos técnicos a Turquía: verificamos viabilidad del visado, guiamos en la preparación de la documentación técnica y logística, asesoramos sobre notificaciones obligatorias y ayudamos a minimizar riesgos de rechazo o sanciones administrativas.

Visado de asistencia técnica para Turquía: gestión para empresas y desplazamientos profesionales

Este visado permite a empresas enviar personal para montaje, reparación, mantenimiento o formación técnica de maquinaria o equipos en Turquía. Está especialmente diseñado para entornos industriales B2B que requieren tiempos ajustados y una correcta planificación previa. Una asesoría especializada ayuda a minimizar riesgos y optimizar plazos.

Autoridad
Consulado de Turquía
Categoría
trabajo técnico
Duración máxima
3 meses dentro de un año natural
Entrada múltiple
Sí (dependiendo del visado consular)
Cuándo solicitar
Varias semanas antes del desplazamiento previsto

¿Qué es?

Es un visado de tipo ‘Working Visa – Montage and Repairman Purposes’ para Turquía que exime a personal técnico enviado por empresas del visado de trabajo ordinario, siempre que su estancia no supere tres meses en un año natural. Aplica a tareas de montaje, mantenimiento, reparación o formación técnica relacionada con maquinaria o equipos importados.

¿Para qué situaciones se utiliza?

Se utiliza cuando una empresa industrial necesita desplazar personal técnico para realizar montaje, reparación, mantenimiento o formación sobre equipos o maquinaria importados a Turquía. Es una solución temporal y específica, útil para servicios técnicos puntuales.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas extranjeras que envían personal técnico especializado para realizar tareas específicas en Turquía. El personal debe acreditar el objetivo técnico (montaje, reparación u otro) y respetar el límite máximo de tres meses en el país dentro de un año.

Requisitos principales

• Acreditar de forma documental que se trata de tareas de montaje, reparación, mantenimiento o formación sobre maquinaria o equipos importados.
• Garantizar que la estancia total no supere los tres meses en un año natural.
• Justificar fehacientemente la actividad técnica programada y su duración.
La exención del visado de trabajo se basa en el artículo 55 del Reglamento de aplicación de la Ley de Permisos de Trabajo (Ley 6458).

Documentación necesaria (por bloques)

Según orientación consular y documentación complementaria:
• Carta invitación de la empresa turca o del importador indicando propósito, lugar y duración de la actividad técnica.
• Documentos de compraventa o importación del equipo sobre el que se actuará.
• Información acreditativa de la posición y actividad del técnico (firma, sello, traducción al turco si procede).
• Datos logísticos (fechas estimadas, lugar de estancia).
• Si procede, documentación personal adicional traducida oficialmente.

Duración, entradas y condiciones de estancia

La estancia máxima es de tres meses dentro de un año natural desde la fecha de entrada en Turquía, sin posibilidad de prórroga dentro de ese período. Una vez agotado, el técnico necesitaría un visado de trabajo ordinario si su presencia continuara en el país. Se exige notificación a la policía local en un plazo máximo de treinta días desde su llegada y antes de iniciar las actividades.

Plazos de tramitación y cuándo empezar

El procedimiento comienza con la empresa solicitante preparando la documentación y presentando la solicitud en la misión diplomática o consular turca correspondiente. Dado que no se prolonga más allá de tres meses, es recomendable iniciar el trámite con suficiente antelación —al menos varias semanas antes del desplazamiento— para evitar imprevistos en agenda o logística.

Errores frecuentes

• No respetar el límite de tres meses dentro de un año natural.
• No notificar a las autoridades locales (policía) dentro del plazo legal tras la llegada.
• Documentación insuficiente o sin traducción jurada cuando sea necesaria.
• Confundir este visado con un visado de trabajo estándar y omitir la tramitación correcta si el plazo de estancia es mayor.

¿Es este el visado adecuado o existe una alternativa?

Este visado es adecuado para desplazamientos técnicos cortos relacionados con maquinaria importada. Si la actividad supera tres meses en total, o si hay necesidad de contratación local o continuidad en el país, conviene considerar el visado de trabajo ordinario (requiere permiso de trabajo del Ministerio de Trabajo de Turquía). La selección depende del tiempo, tipo de actividad y continuidad del servicio.

Cómo ayuda Visados Empresas

Ofrecemos consultoría especializada para empresas que planifican desplazamientos técnicos a Turquía: verificamos viabilidad del visado, guiamos en la preparación de la documentación técnica y logística, asesoramos sobre notificaciones obligatorias y ayudamos a minimizar riesgos de rechazo o sanciones administrativas.

¿Pueden los técnicos permanecer más de tres meses si se solicita una prórroga?

No: la exención legal permite un máximo de tres meses por año. Para estancias más prolongadas, se debe tramitar un visado de trabajo ordinario con permiso de trabajo.

¿Quién debe notificar su presencia a las autoridades turcas locales?

El técnico, dentro de los treinta días tras su llegada y antes de iniciar tareas, debe notificar a la policía local su duración y lugar de estancia.

¿Es necesario un permiso de trabajo adicional?

No mientras la estancia no supere los tres meses dentro de un año y se cumpla con la normativa; la exención lo cubre. Para periodos más largos, se requiere permiso de trabajo del Ministerio competente.

¿Puede utilizarse este visado para formación interna en la empresa turca sin tareas técnicas?

Depende del contenido: si la formación está vinculada al uso de equipos importados se puede encajar en la exención; si no, conviene evaluar alternativas como visado de trabajo o educativo según el caso.

¿Se puede renovar esta exención dentro del mismo año?

No: la exención no permite prórrogas ni renovaciones en el mismo año natural. Solo cabe un nuevo uso en el año siguiente, siempre que no se supere el límite acumulado.

Preguntas frecuentes

¿Pueden los técnicos permanecer más de tres meses si se solicita una prórroga?

No: la exención legal permite un máximo de tres meses por año. Para estancias más prolongadas, se debe tramitar un visado de trabajo ordinario con permiso de trabajo.

¿Quién debe notificar su presencia a las autoridades turcas locales?

El técnico, dentro de los treinta días tras su llegada y antes de iniciar tareas, debe notificar a la policía local su duración y lugar de estancia.

¿Es necesario un permiso de trabajo adicional?

No mientras la estancia no supere los tres meses dentro de un año y se cumpla con la normativa; la exención lo cubre. Para periodos más largos, se requiere permiso de trabajo del Ministerio competente.

¿Puede utilizarse este visado para formación interna en la empresa turca sin tareas técnicas?

Depende del contenido: si la formación está vinculada al uso de equipos importados se puede encajar en la exención; si no, conviene evaluar alternativas como visado de trabajo o educativo según el caso.

¿Se puede renovar esta exención dentro del mismo año?

No: la exención no permite prórrogas ni renovaciones en el mismo año natural. Solo cabe un nuevo uso en el año siguiente, siempre que no se supere el límite acumulado.

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