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Visa F-1 de estudiante para Estados Unidos: gestión para empresas y desplazamientos académicos

Visa no inmigrante F-1 para estudios académicos en instituciones certificadas por el SEVP. Se aplica a estudiantes internacionales que deben planificar con antelación los plazos y la compatibilidad de su caso. Una revisión previa del expediente minimiza riesgos y retrasa.

Nota informativa: Somos una consultora privada independiente especializada en asesoramiento migratorio y movilidad corporativa B2B. No somos una embajada, consulado ni organismo gubernamental oficial. Puede tramitar su solicitud directamente en los portales oficiales del gobierno correspondiente.

¿Qué es?

La Visa F-1 es una autorización no inmigrante para extranjeros que cursan estudios académicos (universidad, instituto, enseñanza de idiomas, seminarios, conservatorios u otras instituciones educativas) en centros autorizados por el Student and Exchange Visitor Program (SEVP).

¿Para qué situaciones se utiliza?

Se emplea para cursar estudios académicos a tiempo completo en el sistema educativo estadounidense, incluidos programas de grado, postgrado, enseñanza del idioma inglés o conservatorios, en instituciones SEVP certificadas.

¿Quién puede solicitarlo?

Todo extranjero admitido por una institución SEVP certificada que emita un Formulario I-20 firmado por el estudiante y el Designated School Official (DSO), y que haya pagado la tasa SEVIS I-901 permite solicitar la Visa F-1 ante el consulado o embajada de EE.UU.

Requisitos principales

• Admisión en una institución SEVP certificada y emisión del I-20.
• Pago de la tasa SEVIS I-901.
• Formulario DS-160 completado.
• Entrevista consular y pago de tasas correspondientes.
• Demostrar solvencia económica, preparación académica e intención de regresar al finalizar los estudios.

Revisamos si tu caso cumple los requisitos antes de iniciar el trámite.

Documentación necesaria (por bloques)

• Formulario I-20 firmado por el estudiante y DSO.
• Confirmación DS-160.
• Pasaporte válido más allá del período de estancia.
• Recibo de pago de tasas (aplicación y, si corresponde, emisión).
• Pruebas académicas (expedientes, diplomas, títulos o resultados de pruebas normalizadas).
• Pruebas de fondos y plan de retorno.
• Posibles documentos adicionales según el consulado.

Evita retrasos por documentación incompleta o mal planteada.

Duración, entradas y condiciones de estancia

La validez de la visa (periodo en el que permite entrar a EE.UU.) puede ser de hasta 10 años, según el país de origen. Sin embargo, la duración de la estancia está determinada en el puerto de entrada por CBP. Tradicionalmente se registra como “D/S” (duration of status), lo que permite permanecer hasta el fin del programa más un período de gracia. Atención: el DHS ha finalizado el sistema “Duration of Status”; a partir del 15 de septiembre de 2026, el periodo de estancia será fijo (no solo hasta fin de programa) y acortará el margen de salida a 30 días, planea sin asumir D/S indefinido.

Planifica el desplazamiento de tus trabajadores con margen.

Plazos de tramitación y cuándo empezar

La visa se puede emitir hasta 365 días antes del inicio del curso, pero la entrada a EE.UU. está permitida desde, como máximo, 30 días antes del inicio del programa. Se recomienda iniciar el trámite con suficiente antelación según tiempos de espera en embajada/consulado, que pueden variar.

Planifica el desplazamiento de tus trabajadores con margen.

Errores frecuentes

• No pagar la tasa SEVIS antes de solicitar la visa.
• Presentar un I-20 incompleto o no firmado.
• No demostrar fondos suficientes o intención de regresar.
• No considerar el cambio del sistema D/S al nuevo sistema de periodo fijo.
• No planificar con antelación según tiempos de cita.
• Interpretar la validez de la visa como duración de estancia.

Déjanos revisar tu caso antes de presentar el expediente.

¿Es este el visado adecuado o existe una alternativa?

La Visa F-1 es adecuada para estudios académicos formales. Si el desplazamiento es por formación vocacional (no académica) o cursos técnicos, correspondería la M-1. Para intercambios o becas se consideraría la J-1. Cada vía tiene requisitos distintos y limitaciones en trabajo.

Cómo ayuda Visados Empresas

Como consultora privada e independiente, ofrecemos asesoramiento especializado en movilidad internacional empresarial, validación de requisitos, planificación de tiempos y revisión de documentación para minimizar riesgos y retrasos. No tramitamos visados oficiales, pero garantizamos que tu expediente esté alineado con normativa y práctica consular.

Visa F-1 de estudiante para Estados Unidos: gestión para empresas y desplazamientos académicos

Visa no inmigrante F-1 para estudios académicos en instituciones certificadas por el SEVP. Se aplica a estudiantes internacionales que deben planificar con antelación los plazos y la compatibilidad de su caso. Una revisión previa del expediente minimiza riesgos y retrasa.

Autoridad competente
U.S. Department of State (Asuntos Consulares) y SEVP (ICE/DHS)
Categoría
Estudios, no inmigrante
Duración y entrada
Visa válida hasta 10 años (según país), estancia autorizada según puerto de entrada y fin de programa (anteriormente D/S, ahora periodo fijo tras 15 septiembre 2026)
Cuándo solicitar
Hasta 365 días antes del inicio del curso; entrada desde 30 días antes
Fuente oficial
https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/study/student-visa.html
Fecha de investigación
28 de julio de 2026

¿Qué es?

La Visa F-1 es una autorización no inmigrante para extranjeros que cursan estudios académicos (universidad, instituto, enseñanza de idiomas, seminarios, conservatorios u otras instituciones educativas) en centros autorizados por el Student and Exchange Visitor Program (SEVP).

¿Para qué situaciones se utiliza?

Se emplea para cursar estudios académicos a tiempo completo en el sistema educativo estadounidense, incluidos programas de grado, postgrado, enseñanza del idioma inglés o conservatorios, en instituciones SEVP certificadas.

¿Quién puede solicitarlo?

Todo extranjero admitido por una institución SEVP certificada que emita un Formulario I-20 firmado por el estudiante y el Designated School Official (DSO), y que haya pagado la tasa SEVIS I-901 permite solicitar la Visa F-1 ante el consulado o embajada de EE.UU.

Requisitos principales

• Admisión en una institución SEVP certificada y emisión del I-20.
• Pago de la tasa SEVIS I-901.
• Formulario DS-160 completado.
• Entrevista consular y pago de tasas correspondientes.
• Demostrar solvencia económica, preparación académica e intención de regresar al finalizar los estudios.

Documentación necesaria (por bloques)

• Formulario I-20 firmado por el estudiante y DSO.
• Confirmación DS-160.
• Pasaporte válido más allá del período de estancia.
• Recibo de pago de tasas (aplicación y, si corresponde, emisión).
• Pruebas académicas (expedientes, diplomas, títulos o resultados de pruebas normalizadas).
• Pruebas de fondos y plan de retorno.
• Posibles documentos adicionales según el consulado.

Duración, entradas y condiciones de estancia

La validez de la visa (periodo en el que permite entrar a EE.UU.) puede ser de hasta 10 años, según el país de origen. Sin embargo, la duración de la estancia está determinada en el puerto de entrada por CBP. Tradicionalmente se registra como “D/S” (duration of status), lo que permite permanecer hasta el fin del programa más un período de gracia. Atención: el DHS ha finalizado el sistema “Duration of Status”; a partir del 15 de septiembre de 2026, el periodo de estancia será fijo (no solo hasta fin de programa) y acortará el margen de salida a 30 días, planea sin asumir D/S indefinido.

Plazos de tramitación y cuándo empezar

La visa se puede emitir hasta 365 días antes del inicio del curso, pero la entrada a EE.UU. está permitida desde, como máximo, 30 días antes del inicio del programa. Se recomienda iniciar el trámite con suficiente antelación según tiempos de espera en embajada/consulado, que pueden variar.

Errores frecuentes

• No pagar la tasa SEVIS antes de solicitar la visa.
• Presentar un I-20 incompleto o no firmado.
• No demostrar fondos suficientes o intención de regresar.
• No considerar el cambio del sistema D/S al nuevo sistema de periodo fijo.
• No planificar con antelación según tiempos de cita.
• Interpretar la validez de la visa como duración de estancia.

¿Es este el visado adecuado o existe una alternativa?

La Visa F-1 es adecuada para estudios académicos formales. Si el desplazamiento es por formación vocacional (no académica) o cursos técnicos, correspondería la M-1. Para intercambios o becas se consideraría la J-1. Cada vía tiene requisitos distintos y limitaciones en trabajo.

Cómo ayuda Visados Empresas

Como consultora privada e independiente, ofrecemos asesoramiento especializado en movilidad internacional empresarial, validación de requisitos, planificación de tiempos y revisión de documentación para minimizar riesgos y retrasos. No tramitamos visados oficiales, pero garantizamos que tu expediente esté alineado con normativa y práctica consular.

¿Puede un estudiante F-1 trabajar durante sus estudios?

Sí, con autorización previa según el tipo de formación: Curricular Practical Training (CPT) o Optional Practical Training (OPT/STEM OPT) si cumple requisitos de duración y autorización por parte del Designated School Official o USCIS.

¿Puedo renovar o extender la visa F-1 sin salir de EE.UU.?

La F-1 no se renueva en EE.UU.; si está vigente, se puede reingresar, pero para extender estancia se solicita una modificación de programa o reinstauración de estatus y en caso de estar fuera puede requerir nueva visa. Consulta consulado o asesoría especializada.

¿Qué sucede si pierdo el estatus o termino mi programa antes de lo previsto?

Debes contactar con el DSO inmediatamente; tu SEVIS puede ser terminado o suspendido. Si ocurre fuera del país, deberás tramitar nuevo I-20 y posiblemente nueva visa.

¿Pueden acompañarme mi pareja e hijos dependientes?

Sí. La pareja o hijos solteros menores pueden solicitar visa F-2, cada uno necesita un I-20 emitido por el centro educativo, pero no pueden trabajar.

¿Qué pasa si la entrevista consular se retrasa o el consulado aplica nuevas medidas?

Como consultora privada recomendamos anticiparse y verificar posibles pausas o requisitos adicionales, aunque estas medidas pueden cambiar; es clave confirmar vía fuentes oficiales del consulado.

Preguntas frecuentes

¿Puede un estudiante F-1 trabajar durante sus estudios?

Sí, con autorización previa según el tipo de formación: Curricular Practical Training (CPT) o Optional Practical Training (OPT/STEM OPT) si cumple requisitos de duración y autorización por parte del Designated School Official o USCIS.

¿Puedo renovar o extender la visa F-1 sin salir de EE.UU.?

La F-1 no se renueva en EE.UU.; si está vigente, se puede reingresar, pero para extender estancia se solicita una modificación de programa o reinstauración de estatus y en caso de estar fuera puede requerir nueva visa. Consulta consulado o asesoría especializada.

¿Qué sucede si pierdo el estatus o termino mi programa antes de lo previsto?

Debes contactar con el DSO inmediatamente; tu SEVIS puede ser terminado o suspendido. Si ocurre fuera del país, deberás tramitar nuevo I-20 y posiblemente nueva visa.

¿Pueden acompañarme mi pareja e hijos dependientes?

Sí. La pareja o hijos solteros menores pueden solicitar visa F-2, cada uno necesita un I-20 emitido por el centro educativo, pero no pueden trabajar.

¿Qué pasa si la entrevista consular se retrasa o el consulado aplica nuevas medidas?

Como consultora privada recomendamos anticiparse y verificar posibles pausas o requisitos adicionales, aunque estas medidas pueden cambiar; es clave confirmar vía fuentes oficiales del consulado.

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Autoría y revisión del contenido

ANTONIO ESTÉVEZ

Redactado por ANTONIO ESTÉVEZ

Executive Partner · Cucalón Estévez Servicios de Legalizaciones SL

Antonio Estévez, director general y socio fundador, decidió crear Visados Empresas en el año 2019 En VISADOS EMPRESAS tenemos los conocimientos para poder asesorar y gestionar cualquier visado o permiso de trabajo, con independencia del país al que se tenga que viajar, para trabajadores de viajan desde España a un país extranjero o para extranjeros que tienen que venir a trabajar a España.

Publicado: julio de 2026

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