Son muchos los países que a la hora de solicitar un visado de trabajo o de asistencia técnica exigen, entre la documentación, la presentación de una carta de invitación y otra de la empresa que envía trabajadores. Países, tales como Estados Unidos, Australia o Reino Unido entre muchos otros, ponen su foco de atención en estas cartas. Estos documentos, suelen generar muchas dudas en nuestros clientes por el fondo y forma que debe tener cada carta. En este artículo, vamos a señalar las principales diferencias entre una y otra para que os resulte más sencilla su redacción. Es muy importante que tengáis en cuenta que una carta mal redactada, incompleta o con información errónea puede traducirse en la denegación del visado.
LA CARTA DE INVITACIÓN
La carta de invitación es aquella que es firmada por la empresa de destino. La correcta redacción y contenido de este documento es vital para la aprobación del visado. Ahora bien, ¿qué debe contener esta carta? Toda la información esencial del desplazamiento. En primer lugar, es muy importante que disponga de un asunto donde se indica qué visado se está solicitando. Los datos básicos que debe incluir este escrito son:
- Actividad principal de la empresa extranjera
- Datos del trabajador desplazado, es decir, nombre completo, número de pasaporte y cargo que ocupa.
- Relación que existe entre las empresas. Por ejemplo, si hay un contrato para una instalación o prestación de servicios, explicando en qué consiste.
- Detallar la actividad que tiene que desarrollar el trabajador, explicando su nivel de conocimientos o experiencia y el por qué no puede realizar dicha actividad un trabajador local.
La carta de invitación debe ir siempre en papel de membrete de la empresa, se debe identificar la persona y el cargo de quien la firma e incluir el sello de la empresa. También deberá incluir los datos de contacto. Normalmente se exige que esté en el idioma extranjero.
En algunos casos puede ser necesario incluir alguna información adicional como, por ejemplo, en los casos en los que queremos un periodo superior de la estancia cuando es una posibilidad obtenerlo hay que explicar los motivos por los que se está solicitando o los casos en los que se necesita una titulación superior se ha de indicar los estudios de los que dispone el trabajador.
LA CARTA DE LA EMPRESA
Ahora vamos a hablar de la carta de la empresa. Esta carta es emitida por la empresa española. Esta carta tiene como finalidad principal indicar el itinerario que va a seguir el viajero y responsabilizarse de los gastos del viaje. ¿Qué debe incluir, por tanto, este escrito? Lo siguiente:
- Su actividad principal. Conviene señalar a qué se dedica concretamente esta empresa.
- Todos los datos del trabajador. Al igual que en la carta anterior es necesario identificar al trabajador y señalar su cargo, funciones y desde cuando es trabajador de la compañía.
- Este es uno de los puntos clave de esta carta, aquí se deben incluir:
- Fecha y aeropuerto de salida y llegada
- Dónde alojará el trabajador, incluyendo nombre del hotel si lo hubiera, dirección y contacto.
- Lugar o centro de trabajo donde desarrollará su actividad
- Por último, otra de las cuestiones básicas de esta carta, debe añadirse que la empresa de origen se hará cargo de todos los gastos asociados al viaje, tanto de desplazamiento como de manutención.
Al igual que en la de invitación, debe ir siempre en papel de membrete, con sello y firma. La persona que firma deberá indicar su nombre completo, puesto y datos de contacto.
Esperamos que con este artículo hayáis podido comprender mejor qué es lo que se espera de cada una de estas cartas y las diferencias que hay entre ellas.
Recordad que en Visados Empresas somo expertos en la redacción de las cartas para la obtención de visados, estamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir o por si preferís que os realicemos esta redacción con el fin de evitar denegaciones.
Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresas estaremos encantados de ayudarte con la gestión.
Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com
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RECUERDE:
- En VISADOS EMPRESAS somos EXPERTOS en la gestión de visados.
- Desarrollar actividades laborales sin tener el preceptivo visado está perseguido por la legislación y puede generar graves perjuicios a la compañía local.
- Gestionar un visado sin tener los conocimientos adecuados puede acarrear retrasos inesperados, problemas a la entrada e incluso la pérdida del importe de las tasas.