CONSECUENCIAS DE VIAJAR A EEUU SIN PERMISO DE TRABAJO
VISADOS PARA EEUU

El historiador estadounidense, James Truslow Adams, manifestó la famosa expresión de el sueño americano en 1931 haciendo hincapié en ese momento en la igualdad de oportunidades y libertad que permite que se consigan los objetivos con esfuerzo y dedicación.

Aunque el término haya ido adquiriendo distintas connotaciones a lo largo del tiempo, bien es conocido que, de forma general, actualmente se entiende como el éxito individual en conexión con la riqueza y con el sueño del inmigrante convirtiendo su vida en un éxito.

Es por ello, que Estados Unidos, es uno de los países que más interés genera para trabajar a la vez que se convierte en uno de los países más estrictos en su legislación de inmigración.

Así bien, es necesario un permiso de trabajo para los extranjeros que quieran trabajar en este país por lo que es necesario presentar el Documento de Autorización de Empleo (Formulario I-766/EAD).

VISADOS QUE LLEVAN INCLUIDO EL DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN DE EMPLEO

Es muy importante conocer qué tipo de visado es necesario para poder desarrollar la actividad deseada, evitando de esa forma distintas sanciones.

Existe una serie de visados con los que no se puede emigrar a EEUU de forma indefinida pero sí  permiten trabajar;  son los conocidos como visados de trabajo. Con este visado la empresa americana autoriza de esta forma a contratar al empleado/viajero, sin necesidad de presentar el ya citado documento I-766.

Para completar la información, exponemos algunos de los visados que llevan incluido el permiso de trabajo en el que el empleador debe solicitar una petición previa a USCIS (U.S. citizenship and Immigration Services) debiendo ser aprobada en todo caso para la obtención del correspondiente visado

  • H1B o visado de trabajo.
  • L1, o visado para movimiento entre compañías tanto en los casos de L-1A (directivos), o L-1B (especialistas).
  • O, para personas con habilidades especiales.

En el caso de los visados E1, E2; destinados a inversores por tratado o comerciante por tratado, permiten trabajar en los EEUU sin una autorización previa de USCIS.

LOS VISADOS B1 NO SON VISADOS DE TRABAJO

Otro tipo de visado para EEUU, que permite desarrollar una actividad laboral, aunque no son visados de trabajo, es el visado B1.

El visado B1 es para aquellas personas que participen en actividades de negocios en EEUU durante un periodo que oscila entre los 6 meses y el año.

Algunas de estas actividades son:

  1. Tripulaciones de yates de recreo.

En el que los trabajadores pueden trabajar a bordo y pisar suelo americano, estando prohibido cualquier actividad laboral fuera del barco en el país.

  1. Trabajadores comerciales o industriales

En este caso, los trabajadores se podrán desplazar a EEUU para realizar actividades laborales que estén relacionadas con equipos o máquinas que no hayan sido fabricadas en EEUU teniendo en cuenta ciertas exigencias. No obstante, en este caso también podría estudiarse la posibilidad de tramitar un visado B1.

  1. Trabajadores que estarían incluidos dentro del H1 y H2

Otra de las situaciones que puede darse es que el trabajador esté contratado fuera de EEUU, pero tenga que prestar un servicio en EEUU. En este caso sería necesario estudiar también una serie de condiciones.

VIAJAR CON LA VISA WAIVER PROGRAM (ESTA)

La Visa Waiver Program es un programa estadounidense que permite alrededor de más de 30 países que pertenezcan al Visa Waiver, entrar en EEUU por motivos de turismo o negocio hasta un plazo de 90 días sin necesidad de visado.

En este caso, los españoles pertenecemos a ese escaso número de privilegiados por lo que podremos desarrollar cualquiera de las actividades que se pueden realizar con un visado B1/B2.

ESTA (Electronic System for Travel Authorization) es un sistema de solicitud en línea para realizar una evaluación previa antes de llegar a EEUU por lo que es necesario que esta autorización sea previamente aprobada.

BENEFICIOS DE TRAMITAR UN VISADO B1 EN LUGAR DE UNA ESTA

Desde Visados Empresas recomendamos no enviar técnicos a EEUU sin el correspondiente B1 por alguno de los siguientes motivos que exponemos a continuación.

  • Es necesario poder explicar en fronteras cuál es el trabajo específico que se va a desarrollar ya que, en el caso de que la actividad no estuviese incluida entre las opciones previamente descritas, podría pasar que no autorizasen la entrada al país.
  • Al haber sido concedido un visado B1, implícitamente significa que el Consulado de EEUU en España ha dado el visto bueno a la actividad que vayamos a realizar lo que implica seguridad y evitar una situación incómoda al trabajador.
  • En colisión, con lo previamente mencionado, en el caso de que los trabajadores fuesen sometidos a una inspección de trabajo, con la presentación del visado B1, la documentación aportada para su obtención y siempre que desarrollen la actividad para la que se concedió el visado, no podrá presentarse ningún tipo de irregularidad migratoria.

CONSECUENCIAS DE TRABAJAR EN EEUU SIN AUTORIZACIÓN

Como hemos mencionado en líneas anteriores, EEUU es un país estricto en cuanto a legislación inmigratoria se refiere, es por ello que hay que tener en cuenta que la USCIS, ejerce una acción proactiva en la búsqueda de trabajadores ilegales solicitando informes a IRS (Internal revenue Services) y realizando investigaciones en internet.

No obstante, también existen denuncias de oficio, por lo que es muy importante tener la documentación y el visado adecuado para la actividad que se vaya a realizar.

Así bien, si encontrasen alguna irregularidad esto supondría la expulsión del país para el viajero, así como la prohibición de volver a entrar entre 3 y un máximo de 10 años. Para la empresa, por su parte, podría llegar a penas de multa desde los 375 US$ por el primer trabajador ilegal hasta los 16.000 US$ por trabajadores posteriores.

Finalmente, si la justicia americana pudiese llegar a considerar que existen procedimientos para atraer trabajadores ilegales, se puede hablar de un delito penal con penas de cárcel de hasta 10 años.

VIAJAR Y TRABAJAR CON SEGURIDAD

Desde Visados Empresas recomendamos seguir rigurosamente las condiciones legales para viajar y trabajar con el objetivo de cumplir la legalidad y disfrutar de la estancia, en este caso en EEUU, evitando así situaciones desagradables. Porque al fin y al cabo ¿existe el sueño americano?

Si quiere más información sobre este visado para USA puede pulsar en el enlace.

Si lo que desea es constituir una filial en los EE. UU., puede informarse en este enlace.

Para cualquier consulta adicional sobre visados para EE.UU. no dude en ponerse en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com

RECUERDE:

  • En VISADOS EMPRESAS somos EXPERTOS en la gestión de visados para EE.UU.

  • Desarrollar actividades laborales sin tener el preceptivo visado esta perseguido por la legislación estadounidense y puede generar graves perjuicios a la compañía local.

  • Gestionar un visado sin tener los conocimientos adecuados puede acarrear retrasos inesperados, problemas a la entrada e incluso la pérdida del importe de las tasas.

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