Visado Chile: adiós al Permiso de Estancia Temporal (PET)
visa para Chile

Hasta este momento, muchas empresas optaban por enviar a sus trabajadores a Chile sin visado, para que entrasen en el país como turistas, y una vez dentro de Chile, solicitar un cambio de estatus migratorio y tramitarles un PET (Permiso de Estancia Temporal).

Aunque los turistas tienen prohibición de desarrollar actividades remuneradas, sin embargo, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública chileno, puede autorizarles a los que tengan su permiso vigente, que trabajen en el país por un plazo no mayor de 30 días, prorrogables por periodos iguales hasta el vencimiento del permiso de turismo. Por esta autorización y por cada prórroga, hay que pagar un derecho equivalente al 150% del valor que corresponde a la visa sujeta a contrato, según la nacionalidad del solicitante.

Este Permiso de Estancia Temporal autoriza a realizar actividades remuneradas en Chile, sean éstas pagadas en el país de origen o en el propio Chile.

Nueva situación del PET en Chile

Esta situación está a punto de cambiar pues el Congreso de Chile ha aprobado una nueva Ley de Migración y Extranjería, que aún no ha entrado en vigor pues tiene que pasar por el Tribunal Constitucional. Esta ley sustituirá a la actualmente en vigor, la de 1975 (DL 1094) y su reglamento del año 1984 (DS 597)

Una vez que entre en vigor la nueva Ley de Migración y Extranjería, sólo podrá cambiarse el estatus de turista a residente, estando dentro de Chile, en casos muy concretos (Artículo 69 de la nueva Ley). Es decir, que las personas que se encuentren en este país con un permiso de permanencia transitoria (turistas), ya no podrán solicitar un permiso de residencia, y por tanto de trabajo, excepto en las siguientes situaciones:

  • Acreditar tener vínculos familiares con chilenos o con residentes definitivos.
  • Si la estadía es concordante con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería
  • Situaciones debidamente calificadas por la Subsecretaría de Interior mediante resolución, previo informe.

Por lo tanto, desde el momento que se apruebe la nueva ley de Migración y Extranjería, las visas para poder trabajar en Chile sólo podrán solicitarse vía consulado en el país de origen del trabajador.

Si tiene interés en ampliar la información sobre cómo tramitar visados para Chile, puede consultar los diferentes tipos de visados que ofrecemos en el siguiente enlace.

Para cualquier consulta adicional sobre visados para Chile no dude en ponerse en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com

RECUERDE:

  • En VISADOS EMPRESAS somos EXPERTOS en la gestión de visados para Chile.

  • Desarrollar actividades laborales sin tener el preceptivo visado esta perseguido por la legislación chilena y puede generar graves perjuicios a la compañía local.

  • Gestionar un visado sin tener los conocimientos adecuados puede acarrear retrasos inesperados, problemas a la entrada e incluso la pérdida del importe de las tasas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *