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Visado TN para Estados Unidos: gestión para empresas y desplazamientos profesionales

El visado TN permite a profesionales mexicanos y canadienses desplazarse temporalmente a EE. UU. para desempeñar actividades laborales a nivel profesional. Es clave analizar el perfil del puesto, las credenciales del empleado y el procedimiento más ágil según el país de origen antes de iniciar la tramitación.

Nota informativa: Somos una consultora privada independiente especializada en asesoramiento migratorio y movilidad corporativa B2B. No somos una embajada, consulado ni organismo gubernamental oficial. Puede tramitar su solicitud directamente en los portales oficiales del gobierno correspondiente.

¿Qué es?

El visado TN (TN Visa) es una clasificación no inmigrante bajo el acuerdo USMCA (anteriormente NAFTA) que permite a ciudadanos de Canadá y México trabajar temporalmente en Estados Unidos en profesiones específicas a nivel profesional, según el acuerdo.
El término “TN” continúa utilizándose tras la sustitución del NAFTA por el USMCA sin cambios sustantivos en este ámbito migratorio.

¿Para qué situaciones se utiliza?

Se utiliza para incorporar a EE. UU. a profesionales de México o Canadá contratados para desempeñar funciones preestablecidas a nivel profesional –como titulados universitarios– en profesiones recogidas en la lista USMCA/NAFTA. Permite tanto empleo por parte de empresas estadounidenses como extranjeras, siempre que el trabajo sea temporal y prearreglado.
Está desaconsejada la autonomía o el autoempleo: el trabajador debe tener relación laboral explícita con una empresa.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos de Canadá y México, no residentes permanentes.
Canadienses pueden solicitar directamente ante un oficial en puerto de entrada o, opcionalmente, mediante Formulario I‑129 presentado ante USCIS (por ejemplo, para una prórroga o cambio de estatus).
Mexicanos deben tramitar el visado TN en un consulado o embajada estadounidiense tras una petición de empleo apropiada, o mediante I‑129 si ya se encuentran legalmente en EE. UU., solicitando extensión o cambio de estatus.

Requisitos principales

– Ciudadanía mexicana o canadiense.
– Ocupación incluida en el listado del USMCA/NAFTA (Appendix 1603.D.1).
– Oferta de empleo prearreglada por entidad en EE. UU., en modalidad temporal.
– Titulación académica mínima exigida para la profesión o credenciales alternativas reconocidas (no se admite experiencia en lugar de título salvo excepciones expresamente permitidas).
– Para profesiones reguladas, acreditación/licencia en EE. UU. suele tener relevancia práctica pero no es requisito obligatorio para obtener el visado; sin embargo, puede ser útil presentarla.

Revisamos si tu caso cumple los requisitos antes de iniciar el trámite.

Documentación necesaria (por bloques)

Documentación relacionada con el empleo: carta o contrato detallando funciones profesionales, duración, salario, responsabilidades y entorno laboral prearreglado.
Titulación y credenciales: diplomas, certificados, títulos académicos o licencias; si se obtuvieron fuera de EE. UU., se recomienda evaluar su equivalencia.
Demostración de elegibilidad: título profesional (no se sustituye por experiencia sin respaldo); credenciales alternativas si están permitidas en el listado.
Licencia profesional de EE. UU. (si procede): no obligatoria para obtener el visado, salvo para ejercer en EE. UU., pero recomendable adjuntar si existe.
Ciudadanos mexicanos: formulario DS‑160 y tasa de solicitud, si aplica.
Canadienses: generalmente no requieren visado si entran por puerto de entrada; pueden presentar documentación directamente ante CBP; en otros casos, pueden requerir I‑129.

Evita retrasos por documentación incompleta o mal planteada.

Duración, entradas y condiciones de estancia

La clasificación TN permite entradas temporales sin límite total de extensiones; se concede inicialmente por hasta tres años y puede renovarse indefinidamente siempre que se mantengan circunstancias temporales.
Se requiere demostrar intención de estancia temporal, sin residencia permanente implícita.

Plazos de tramitación y cuándo empezar

Canadienses: el acceso directo en puerto de entrada puede ofrecer resolución inmediata si la documentación está completa.
Mexicanos: los plazos dependen de tiempos de espera en embajada o consulado y tramitación de visado; conviene anticipar la solicitud.
Cuando se presenta Formulario I‑129 (prórroga o cambio de estatus), los tiempos de adjudicación varían según el centro de servicio USCIS: consultar tiempos en la web de USCIS para estimar.
No se han localizado fuentes oficiales con plazos concretos para TN en 2026. Conviene prever al menos 2‑3 meses antes del desplazamiento.

Planifica el desplazamiento de tus trabajadores con margen.

Errores frecuentes

– No verificar que la profesión esté incluida en el listado USMCA/NAFTA.
– Intentar acreditar experiencia profesional en lugar del título exigido.
– Omitir detalles esenciales en la carta de empleo sobre funciones, duración y salario.
– No demostrar que el empleo es prearreglado y con vínculo con empresa.
– Para mexicanos, no considerar los plazos consulares y administrativos.
– Asumir que una licencia profesional de EE. UU. es obligatoria cuando no siempre lo es para obtener el visado.
– No prever la demostración de temporalidad o intención de regreso a su país.

Déjanos revisar tu caso antes de presentar el expediente.

¿Es este el visado adecuado o existe una alternativa?

Si el trabajador no cumple con los requisitos académicos o la profesión no está en la lista USMCA/NAFTA, podrían considerarse otras categorías como H‑1B (ocupaciones especializadas) o E‑1/E‑2 (tratado comercial/inversión).
Quien quiera trabajar por cuenta propia o no tenga una oferta prearmada debería explorar visados como E‑2 o buscar asesoría para otro tipo de clasificación.

Cómo ayuda Visados Empresas

Como consultora privada especializada en movilidad internacional B2B, analizamos el perfil de tus profesionales, verificamos que la ocupación y las credenciales estén alineadas, identificamos la vía (entrada directa para canadienses o visado para mexicanos, o trámite I‑129 si ya están en EE. UU.), optimizamos tiempos y riesgos, y te acompañamos en la preparación de la documentación esencial.
No somos un organismo público, sino asesoría experta que te ayuda a agilizar y minimizar incidencias administrativas antes de que inicies el proceso.

Visado TN para Estados Unidos: gestión para empresas y desplazamientos profesionales

El visado TN permite a profesionales mexicanos y canadienses desplazarse temporalmente a EE. UU. para desempeñar actividades laborales a nivel profesional. Es clave analizar el perfil del puesto, las credenciales del empleado y el procedimiento más ágil según el país de origen antes de iniciar la tramitación.

Autoridad competente
U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS)
Categoría
Trabajo Temporal (no inmigrante) bajo USMCA/NAFTA
Duración inicial
Hasta 3 años
Renovaciones
Indefinidas mientras persista finalidad temporal
Ciudadanía requerida
Canadá o México
Cuándo solicitar
Con suficiente antelación: canadienses inmediatos en puerto, mexicanos considerando tiempos consulares o I‑129 si ya están en EE. UU.

¿Qué es?

El visado TN (TN Visa) es una clasificación no inmigrante bajo el acuerdo USMCA (anteriormente NAFTA) que permite a ciudadanos de Canadá y México trabajar temporalmente en Estados Unidos en profesiones específicas a nivel profesional, según el acuerdo.
El término “TN” continúa utilizándose tras la sustitución del NAFTA por el USMCA sin cambios sustantivos en este ámbito migratorio.

¿Para qué situaciones se utiliza?

Se utiliza para incorporar a EE. UU. a profesionales de México o Canadá contratados para desempeñar funciones preestablecidas a nivel profesional –como titulados universitarios– en profesiones recogidas en la lista USMCA/NAFTA. Permite tanto empleo por parte de empresas estadounidenses como extranjeras, siempre que el trabajo sea temporal y prearreglado.
Está desaconsejada la autonomía o el autoempleo: el trabajador debe tener relación laboral explícita con una empresa.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos de Canadá y México, no residentes permanentes.
Canadienses pueden solicitar directamente ante un oficial en puerto de entrada o, opcionalmente, mediante Formulario I‑129 presentado ante USCIS (por ejemplo, para una prórroga o cambio de estatus).
Mexicanos deben tramitar el visado TN en un consulado o embajada estadounidiense tras una petición de empleo apropiada, o mediante I‑129 si ya se encuentran legalmente en EE. UU., solicitando extensión o cambio de estatus.

Requisitos principales

– Ciudadanía mexicana o canadiense.
– Ocupación incluida en el listado del USMCA/NAFTA (Appendix 1603.D.1).
– Oferta de empleo prearreglada por entidad en EE. UU., en modalidad temporal.
– Titulación académica mínima exigida para la profesión o credenciales alternativas reconocidas (no se admite experiencia en lugar de título salvo excepciones expresamente permitidas).
– Para profesiones reguladas, acreditación/licencia en EE. UU. suele tener relevancia práctica pero no es requisito obligatorio para obtener el visado; sin embargo, puede ser útil presentarla.

Documentación necesaria (por bloques)

Documentación relacionada con el empleo: carta o contrato detallando funciones profesionales, duración, salario, responsabilidades y entorno laboral prearreglado.
Titulación y credenciales: diplomas, certificados, títulos académicos o licencias; si se obtuvieron fuera de EE. UU., se recomienda evaluar su equivalencia.
Demostración de elegibilidad: título profesional (no se sustituye por experiencia sin respaldo); credenciales alternativas si están permitidas en el listado.
Licencia profesional de EE. UU. (si procede): no obligatoria para obtener el visado, salvo para ejercer en EE. UU., pero recomendable adjuntar si existe.
Ciudadanos mexicanos: formulario DS‑160 y tasa de solicitud, si aplica.
Canadienses: generalmente no requieren visado si entran por puerto de entrada; pueden presentar documentación directamente ante CBP; en otros casos, pueden requerir I‑129.

Duración, entradas y condiciones de estancia

La clasificación TN permite entradas temporales sin límite total de extensiones; se concede inicialmente por hasta tres años y puede renovarse indefinidamente siempre que se mantengan circunstancias temporales.
Se requiere demostrar intención de estancia temporal, sin residencia permanente implícita.

Plazos de tramitación y cuándo empezar

Canadienses: el acceso directo en puerto de entrada puede ofrecer resolución inmediata si la documentación está completa.
Mexicanos: los plazos dependen de tiempos de espera en embajada o consulado y tramitación de visado; conviene anticipar la solicitud.
Cuando se presenta Formulario I‑129 (prórroga o cambio de estatus), los tiempos de adjudicación varían según el centro de servicio USCIS: consultar tiempos en la web de USCIS para estimar.
No se han localizado fuentes oficiales con plazos concretos para TN en 2026. Conviene prever al menos 2‑3 meses antes del desplazamiento.

Errores frecuentes

– No verificar que la profesión esté incluida en el listado USMCA/NAFTA.
– Intentar acreditar experiencia profesional en lugar del título exigido.
– Omitir detalles esenciales en la carta de empleo sobre funciones, duración y salario.
– No demostrar que el empleo es prearreglado y con vínculo con empresa.
– Para mexicanos, no considerar los plazos consulares y administrativos.
– Asumir que una licencia profesional de EE. UU. es obligatoria cuando no siempre lo es para obtener el visado.
– No prever la demostración de temporalidad o intención de regreso a su país.

¿Es este el visado adecuado o existe una alternativa?

Si el trabajador no cumple con los requisitos académicos o la profesión no está en la lista USMCA/NAFTA, podrían considerarse otras categorías como H‑1B (ocupaciones especializadas) o E‑1/E‑2 (tratado comercial/inversión).
Quien quiera trabajar por cuenta propia o no tenga una oferta prearmada debería explorar visados como E‑2 o buscar asesoría para otro tipo de clasificación.

Cómo ayuda Visados Empresas

Como consultora privada especializada en movilidad internacional B2B, analizamos el perfil de tus profesionales, verificamos que la ocupación y las credenciales estén alineadas, identificamos la vía (entrada directa para canadienses o visado para mexicanos, o trámite I‑129 si ya están en EE. UU.), optimizamos tiempos y riesgos, y te acompañamos en la preparación de la documentación esencial.
No somos un organismo público, sino asesoría experta que te ayuda a agilizar y minimizar incidencias administrativas antes de que inicies el proceso.

¿Pueden los trabajadores canadienses solicitar el TN en origen sin acudir al puerto de entrada?

Sí, aunque la vía directa en puerto de entrada suele ser más rápida, también se puede presentar una petición con USCIS mediante Formulario I‑129 para obtener estatus TN (por ejemplo, para extensión o cambio de estatus).

¿Se puede sustituir un título universitario por experiencia laboral?

No, la experiencia no reemplaza el título si la profesión exige una licenciatura según el acuerdo; solo en casos excepcionales donde se admiten credenciales alternativas permitidas expresamente.

¿Es obligatorio disponer de una licencia profesional de EE. UU. para el visado?

No es obligatorio para obtener el visado TN, salvo si la profesión exige ejercer directamente en EE. UU.; en muchos casos basta la titulación profesional del país de origen.

¿Hay límite en el número de renovaciones del visado TN?

No hay un límite formal de renovaciones; se puede renovar indefinidamente por períodos de hasta tres años, siempre que persista la naturaleza temporal del empleo.

¿Es autoempleo o consultoría individual permitido con TN?

No, el TN requiere un empleo prearreglado con una entidad; el autoempleo o consultoría independiente no están permitidos bajo esta clasificación.

¿Pueden los familiares acompañar al trabajador TN?

Sí, cónyuge e hijos solteros menores de edad pueden solicitar visado TD, mostrando vínculo con el titular TN y su estatus vigente (formulario I‑94).

Preguntas frecuentes

¿Pueden los trabajadores canadienses solicitar el TN en origen sin acudir al puerto de entrada?

Sí, aunque la vía directa en puerto de entrada suele ser más rápida, también se puede presentar una petición con USCIS mediante Formulario I‑129 para obtener estatus TN (por ejemplo, para extensión o cambio de estatus).

¿Se puede sustituir un título universitario por experiencia laboral?

No, la experiencia no reemplaza el título si la profesión exige una licenciatura según el acuerdo; solo en casos excepcionales donde se admiten credenciales alternativas permitidas expresamente.

¿Es obligatorio disponer de una licencia profesional de EE. UU. para el visado?

No es obligatorio para obtener el visado TN, salvo si la profesión exige ejercer directamente en EE. UU.; en muchos casos basta la titulación profesional del país de origen.

¿Hay límite en el número de renovaciones del visado TN?

No hay un límite formal de renovaciones; se puede renovar indefinidamente por períodos de hasta tres años, siempre que persista la naturaleza temporal del empleo.

¿Es autoempleo o consultoría individual permitido con TN?

No, el TN requiere un empleo prearreglado con una entidad; el autoempleo o consultoría independiente no están permitidos bajo esta clasificación.

¿Pueden los familiares acompañar al trabajador TN?

Sí, cónyuge e hijos solteros menores de edad pueden solicitar visado TD, mostrando vínculo con el titular TN y su estatus vigente (formulario I‑94).

Visados relacionados

  • Visado H‑1B (ocupaciones especializadas)
  • Visados E‑1/E‑2 (tratado comercial/inversión)
  • Página general de visados de trabajo en EE.UU.

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