Visa E2 para Estados Unidos: los 8 conceptos clave que debes conocer
Visado inversionista E-2 desde España

Visado inversionista E-2

La E-2 visa inversionista USA es una de las opciones más interesantes para empresarios e inversores españoles que desean desarrollar o dirigir un negocio en EE. UU.

El Visado inversionista USA desde España, permite tanto desplazarse al país para gestionar una empresa, como enviar empleados esenciales para su funcionamiento.

A continuación, repasamos los ocho conceptos clave que debes conocer antes de iniciar tu solicitud y cómo presentar el trámite desde España. 

Conceptos clave para solicitar el visado inversionista USA

La visa E2 (Treaty Investor) es un visado no inmigrante que se concede a nacionales de países que mantienen un tratado comercial con EE. UU., como España. Permite residir y trabajar legalmente en el país mientras se dirige una inversión real y activa. También autoriza a la empresa a enviar empleados con funciones ejecutivas, de supervisión o habilidades esenciales. 

A continuación, explicamos los ocho principios básicos que definen el visado inversionista USA y que deben cumplirse para que una solicitud sea aprobada. 

1. Nacionalidad 

El inversionista del tratado (ya sea una persona física o jurídica) debe tener la nacionalidad del país con tratado con Estados Unidos. 

En el caso de España, este requisito se cumple por el convenio bilateral vigente. 
Si el solicitante es una empresa, al menos el 50 % del capital debe estar en manos de ciudadanos españoles u otros nacionales del mismo país con tratado. 

Esta condición garantiza que el control de la inversión esté efectivamente en manos de un inversor elegible bajo el acuerdo E2. 

2. Inversión 

Para solicitar la visa de inversionista en USA, el solicitante debe haber invertido o estar en proceso de invertir una cantidad de dinero sustancial en una empresa estadounidense. 

La inversión puede proceder de ahorros personales, beneficios empresariales, venta de activos o préstamos garantizados, siempre que los fondos sean de origen legal y demostrable. 

No se exige una cifra mínima oficial, pero el monto debe ser suficiente para que el negocio funcione y sea viable. En la práctica, las inversiones suelen situarse entre 50.000 y 250.000 dólares, dependiendo del tipo de empresa y del sector.

Toda la inversión debe destinarse a gastos directos del negocio, como arrendamientos, licencias, equipamiento, contratación o capital de trabajo. 

3. Riesgo 

La ley exige que el capital esté “en riesgo” en el sentido comercial. Esto significa que los fondos invertidos deben estar comprometidos y expuestos a ganancias o pérdidas según el resultado del negocio. 

No se consideran válidas las inversiones pasivas, como depósitos bancarios o capital no comprometido. 

El inversionista debe demostrar que el dinero se ha empleado efectivamente en la creación o compra de una empresa y que los fondos no están protegidos contra pérdidas. 

Este riesgo real de negocio es un elemento clave que diferencia la visa E2 de otras categorías migratorias. 

4. Compromiso 

Los fondos deben estar irrevocablemente comprometidos con la inversión. 
Para estar “en proceso de inversión” a efectos de la E2 Inversionista, el solicitante debe haber realizado pagos iniciales, firmado contratos vinculantes, adquirido activos o asumir compromisos financieros que demuestren una implicación tangible en el proyecto. 

No basta con tener la intención de invertir; debe existir una evidencia concreta de que los recursos ya están comprometidos con el negocio.  

Este punto demuestra a las autoridades consulares la seriedad y viabilidad del proyecto empresarial. 

5. Empresa real y activa 

La empresa debe ser real, operativa y productiva, no un negocio en papel o un mero plan de futuro. 

Debe ofrecer bienes o servicios y generar actividad económica demostrable. 
Se considera prueba de ello la existencia de licencias comerciales, contratos, facturación, empleados, cuentas bancarias, y un plan de negocio sólido con proyecciones realistas. 

Las autoridades valoran especialmente que la empresa esté en funcionamiento o que exista un plan avanzado de inicio de operaciones, con pruebas tangibles de actividad. 

El propósito es garantizar que el solicitante no busca únicamente obtener un visado, sino contribuir de forma real a la economía estadounidense. 

6. Sustancialidad 

La inversión debe ser sustancial en proporción al coste total del negocio. 
No hay una cantidad fija exigida por ley, ya que depende del tipo de empresa, pero el monto debe ser suficiente para garantizar su operatividad y estabilidad. 

En negocios de bajo coste, se espera que el inversor aporte un porcentaje mayor del capital total (por ejemplo, 90 % en un negocio pequeño), mientras que en negocios más grandes la proporción puede ser menor. 

El objetivo de este criterio es asegurar que el inversionista tiene un compromiso financiero significativo y que su participación es esencial para el éxito del negocio. 

7. Marginalidad 

El negocio debe ser más que marginal, es decir, debe generar ingresos suficientes para algo más que el sustento básico del inversionista y su familia.

Esto significa que la empresa debe tener capacidad actual o futura para crear empleo, generar beneficios sostenibles o aportar valor económico al entorno local. 

Un negocio marginal, que solo cubre los gastos personales del solicitante, no cumple este requisito. 

Por ello, los consulados suelen solicitar planes financieros que demuestren una proyección de crecimiento y generación de empleo en los primeros años de actividad. 

8. Inversor o empleado 

EL visado inversionista USA, puede solicitarse tanto por el inversor principal como por empleados de la empresa que compartan la nacionalidad del país con tratado. 

Los empleados deben ocupar cargos de dirección, supervisión o ser considerados esenciales para el funcionamiento del negocio. 
Además, los dependientes (cónyuge e hijos menores de 21 años) pueden acompañar al titular del visado. 

El cónyuge tiene derecho a solicitar un permiso de trabajo (EAD), lo que le permite trabajar legalmente en cualquier empresa en Estados Unidos, mientras los hijos pueden estudiar durante la vigencia del visado. 

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Presentar una solicitud de visa de inversionista USA en España

La Embajada de Estados Unidos en Madrid es el punto de referencia para presentar las solicitudes del visado E-2 Inversionista de los ciudadanos españoles. 

El procedimiento consiste en enviar la documentación de respaldo junto con los formularios oficiales y, posteriormente, asistir a una entrevista consular. 

Durante el proceso, nosotros nos encargaremos de recopilar toda la documentación y preparar el expediente completo para su envío a la Embajada de Estados Unidos. De esta forma, podréis acudir a la entrevista consular con toda la información en orden, donde el oficial revisará el expediente y, si lo considera necesario, podrá solicitar aclaraciones o documentos adicionales. 

Es importante tener en cuenta que los plazos para la cita y resolución pueden superar las dos semanas, según la carga de trabajo de la Embajada. 
En caso de documentación incompleta o inconsistente, la solicitud puede devolverse o requerir información adicional, lo que retrasa el proceso. 

Por ello, contar con asesoramiento especializado es clave para evitar errores en la preparación del expediente, asegurar que todos los requisitos se cumplen y optimizar las posibilidades de aprobación. 

En Visados Empresas, nuestro equipo acompaña al solicitante durante todas las fases del proceso desde la recopilación de documentos hasta la entrevista consular asegurando que la solicitud cumpla con los estándares exigidos por las autoridades estadounidenses. 

Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresasestaremos encantados de ayudarte con la gestión. 

Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com