Materia de Seguridad Social entre España y Reino Unido
Materia de Seguridad Social entre España y Reino Unido. Visados Empresas

En otras ocasiones hemos tratado la materia de la Seguridad Social en términos generales. Hoy vamos a hablar de ella referida a un país en concreto: el Reino Unido

Como sabéis, la Unión Europea y el Reino Unido llegaron a un Acuerdo de Comercio y Cooperación, que regula la relación entre ellos tras el Brexit y la finalización del periodo transitorio. Este Acuerdo incluye el Protocolo de Coordinación de la Seguridad Social, cuya finalidad es garantizar un conjunto de derechos a los ciudadanos de la Unión Europea y a los nacionales del Reino Unido.

En concreto, el Acuerdo es de aplicación a los ciudadanos de la UE que trabajan en el Reino Unido, o que viajan o se trasladan a ese país, y los nacionales británicos que trabajan, viajan o se trasladan a la Unión Europea, a partir del 1 de enero de 2021.

Además, se incluyen a los trabajadores por cuenta propia que se trasladen al Reino Unido a realizar una actividad similar a la que realizaban en España, siempre que dicha actividad no exceda de los 24 meses.

El reconocimiento de este derecho no es automático, por lo que habrán de realizarse los siguientes trámites:

1.Certificado de legislación aplicable

Las empresas que deseen desplazar trabajadores de España a Reino Unido deberán solicitar previamente el documento A1 de desplazamiento en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Este Certificado tiene como finalidad la acreditación ante las autoridades del país al que se desplaza que abona las cotizaciones de seguridad social en otro país de la UE (España) y que, por tanto, no tiene que abonar cotizaciones en el país donde desplaza a los trabajadores (Reino Unido).

2.Asistencia sanitaria

Una vez obtenido el A1 los trabajadores pueden solicitar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la Tarjeta Sanitaria Europea para acceder a los servicios sanitarios del país al que vaya a trabajar como desplazado.

En el caso de trasladar su residencia (en términos generales se considera así si va a residir en Reino Unido por un período superior a seis meses) tendrá que solicitar el documento S1, que acredita su derecho a recibir prestaciones sanitarias si no vive en el país donde está asegurado.

El certificado A1 o el documento acreditativo de asistencia sanitaria no son, en ningún caso, un permiso de trabajo o visado. Por tanto, antes de desplazarse al Reino Unido a trabajar será necesaria la obtención del correspondiente visado.

Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresas estaremos encantados de ayudarte con la gestión.

Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com

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RECUERDE:

  • En VISADOS EMPRESAS somos EXPERTOS en la gestión de visados.
  • Desarrollar actividades laborales sin tener el preceptivo visado está perseguido por la legislación  y puede generar graves perjuicios a la compañía local.
  • Gestionar un visado sin tener los conocimientos adecuados puede acarrear retrasos inesperados, problemas a la entrada e incluso la pérdida del importe de las tasas.

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