Cómo gestionar la National Interest Exception para visados a EE. UU.
visa Estados Unidos

Me he decidido a escribir este post empujado por la cantidad de llamadas que recibimos todas las semanas de empresas que están intentando gestionar la NIE (National Interest Exception) y no lo consiguen. O a veces sí y otras no. Lo que les genera un cierto estado de ansiedad al no saber a qué atenerse de cara a comprometerse con la organización en la realización de un viaje que a lo mejor no es posible.

Qué son las N.I.E. a Estados Unidos

Hagamos un poco de historia. Allá por Marzo (perdonadme que no de fechas, pero es que estoy escribiendo este artículo de carrerilla) Donald Trump emitió las famosas Proclamaciones Presidenciales en virtud de las cuales quedaba prohibida la entrada en los EEUU a todo extranjero que en los quince días anteriores a la fecha tentativa de entrada hubiera estado en el espacio Schengen.

Esto impedía volar directamente a los EEUU desde España y, todo aquel que necesitó viajar de manera irremediable tuvo que hacerlo vía cuarentena de 15 días en algún país puente como pudo ser México.

Unas semanas después, una vez asimilados los primeros golpes de la pandemia las administraciones empezaron a reaccionar gestionando procedimientos para que todas aquellas personas que de manera inevitable tuvieran que viajar a su país lo pudieran hacer con las máximas garantías tanto para el viajero como para el país receptor.

Y en los EEUU sacaron las NIE, o Excepciones por Interés Nacional.

El procedimiento está claro en su doble vertiente, por un lado, para todos aquellos que tienen en vigor una ESTA o un visado y necesitan viajar de forma urgente en estos momentos de pandemia y, por otro lado, para todos aquellos que necesitan gestionar cualquiera de los dos instrumentos anteriormente mencionados al no tener ninguno de ellos operativos.

¿Qué actividad es considerada de interés nacional para otorgar la NIE?

Pero, y aquí viene la pregunta clave ¿Qué tipo de actividad entiende el Gobierno de los Estados Unidos puede ser considerada de interés nacional hasta el punto de permitirnos volar a ese país directamente desde España?

La norma no entra en este nivel de detalle, muy típico en la forma anglosajona de entender las relaciones jurídicas entre las personas, pero, y también esto sería muy anglosajón, de todos los procesos gestionados por VISADOS EMPRESAS deducimos que si podemos demostrar que la imposibilidad de viajar puede generar un perjuicio económico para un tercero nacional del país, al final, el interés económico de un ciudadano de los Estados Unidos es el interés económico a nivel nacional del país y la actividad pasa a ser esencial.

En resumen: que si tenemos que desplazarnos a los Estados Unidos para instalar un equipo suministrado por nuestra compañía y el retraso en la instalación de este puede generar un impacto económico medible para nuestro anfitrión, esta actividad sería susceptible de conseguir la NIE.

Pero si lo que queremos es ir a visitar nuestra filial porque hace meses que no lo hacemos y es necesario supervisar en situ la operativa y el correcto funcionamiento de esta, en principio y según nuestra experiencia, esta actividad no sería susceptible de conseguir la NIE.

Firmar un contrato, si. Visitar a un posible cliente, no. Fácil ¿no?

Si os vais a meter en la aventura de gestionar personalmente la NIE quiero recomendaros que no dejéis de leer nuestros artículos sobre los visados para realizar actividades de servicios postventa en EE. UU. y el visado para trabajadores cualificados que, con toda seguridad, os aportará luz en la gestión.

También podéis ver los distintos tipos de visados para Estados Unidos que gestionamos desde Visados Empresas.

Un saludo.

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