VISA DE VISITANTE (TIPO V) PARA COLOMBIA
Para poder desplazar instaladores desde España a realizar cualquier tipo de actividad laboral es necesario tramitar una visa de visitante tipo v Colombia, lo que significa que no tiene intención de establecerse. Si quisiera establecerse su visado sería otro.
Este visado le permite al titular realizar, entre otras actividades: tránsito aeroportuario, turismo, gestiones de negocios, intercambio académico y estudios en arte u oficios y postgrados, tratamiento médico, trámites administrativos y/o judiciales, tripulante de embarcación o en plataforma costera, participación en eventos, pasantía o prácticas, voluntariado, producción audiovisual y/o digital, cubrimiento periodístico, prestador de servicios temporales, traslado de personal intracorporativo en el marco de instrumentos internacionales vigentes, oficial o representante comercial de gobierno extranjero.
¿Cómo solicitar la visa de visitante tipo V para Colombia?
Solicitud personal o con respaldo de persona natural:
La solicitud de Visa Tipo «V» puede ser presentada a título y responsabilidad personal o individual, así como también con el respaldo y patrocinio de una persona natural. En este caso, el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Comunicación escrita: Se deberá presentar una comunicación escrita tanto del solicitante como de la persona natural que respalda la solicitud de visa. Esta comunicación debe incluir:
- Identificación completa del solicitante y, en caso de aplicar, de la persona natural que respalda la solicitud.
- Una breve explicación de la relación o vínculo existente entre el extranjero y la persona natural que respalda la solicitud, si aplica.
- Detalles sobre la actividad que el extranjero pretende realizar en el territorio nacional, incluyendo información como detalles de la actividad, participantes, duración, cronograma y ubicación.
- Declaración de responsabilidad económica por los gastos relacionados con el desplazamiento y estadía del extranjero en el territorio nacional.
- Acreditación de liquidez: Se debe demostrar la liquidez tanto del solicitante como de la persona natural que respalda la solicitud mediante extractos bancarios correspondientes a los últimos 6 meses previos a la solicitud.
Solicitud con respaldo institucional:
Cuando la Visa Tipo «V» sea solicitada con el respaldo de una o varias personas jurídicas, el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Comunicación por parte de la persona jurídica: Deberá presentarse una carta suscrita por el representante legal de la persona jurídica, actuando en nombre de esta, que incluya la siguiente información:
- Identificación completa de la persona jurídica, indicando el NIT en caso de estar constituida en Colombia, junto con datos de contacto.
- Identificación completa del extranjero.
- Detalles sobre la actividad que el extranjero tiene previsto realizar en el territorio nacional, incluyendo el programa a realizar, su duración y la agenda prevista.
- Explicación de la relación o tipo de vínculo con el extranjero para quien se solicita la visa, así como también la especial cualificación o experiencia del mismo, si aplica.
- Declaración de responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero en el territorio nacional.
En Visados Empresas, reconocemos los desafíos asociados con el proceso de solicitud de visados. Por este motivo, contamos con un equipo especializado en asuntos migratorios que está comprometido a brindarte asistencia integral en la obtención de tu visa de visitante tipo V para Colombia.
¿Cuál es la duración de la visa tipo V para Colombia?
Por duración del visado Colombia tenemos que entender el periodo durante el cual el visado está en vigor y por lo tanto podemos usarlo para viajar.
La duración de la visa tipo V para Colombia puede llegar a ser de hasta 2 años y va a depender de la actividad que se quiera realizar y de los plazos que se indiquen en la documentación aportada para su solicitud.
Estancia máxima permitida, número de entradas y salidas:
Al llegar al punto de entrada, el oficial de control nos otorgará el Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), el cual especificará la duración de nuestra estancia en el país. La máxima estancia continua permitida es de hasta 90 días, y dentro de un año no se puede exceder los 180 días en total. Además, se permite múltiples entradas durante este período.
¿Se puede prorrogar la visa de visitante (tipo V) para Colombia?
Si piensa que va a necesitar permanecer en el país pasados los 90 días concedidos en el PIP puede solicitar una prórroga pero está hay que solicitarla 30 días antes de caduque el PIP y nunca sobrepasar los 180 días en 365.
Tiempo de tramitación y tasas del visado
Por tiempo de tramitación tenemos que entender el tiempo que tarda el gobierno de Colombia en gestionar una visa de visita (visado tipo V) para Colombia.
El tiempo estándar de tramitación es reducido, al tratarse de un trámite personal pero parcialmente electrónico. La solicitud del visado a través de formulario se hace online. Pero será necesario en cualquier caso acudir de forma presencial al consulado de Colombia para presentar el pasaporte e imprimir el visado por lo que se estima un plazo de una semana desde la preparación de los documentos.
La tasa oficial que cobra el gobierno de Colombia por tramitar este visado de visitante tipo V para Colombia es de 101 €.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA VISA DE VISITANTE (TIPO V) PARA COLOMBIA
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