Visado para Filipinas
¿Necesitamos los españoles un visado para viajar a Filipinas? La respuesta es NO. Se puede viajar únicamente con el pasaporte y permanecer en el país hasta 30 días.
¿Y si lo que queremos es enviar un trabajador? Pues tendrá que viajar al país como turista, y una vez dentro, tramitar un Permiso Especial de Trabajo (Special Work Permit – SWP), que le permitirá permanecer en el país hasta 6 meses.
El Permiso Especial de Trabajo, SWP
El SWP se concede a los extranjeros que van a realizar un trabajo remunerado en Filipinas durante un periodo de tres a seis meses sin posibilidad de prórroga o renovación. Da igual de donde provenga la remuneración. Esto es, trabajadores contratados en origen y que no van a cobrar nada en Filipinas, desplazados a trabajar a este país deben tramitar el SWP. En caso de que el trabajador deba prolongar su estancia en Filipinas tras la expiración de su Permiso Especial de Trabajo, puede solicitar un visado de trabajo y un Permiso de Empleo para Extranjeros (AEP).
¿Quiénes pueden solicitar el SWP?
- Profesionales o técnicos que puedan realizar servicios temporales de emergencia o excepcionales (pero que no hayan obtenido un visado de empleo previo).
- Atletas profesionales que compitan durante un periodo limitado.
- Artistas, músicos u otro tipo de intérpretes.
¿Qué actividades nos permite realizar el SWP?
Según la Oficina de Inmigración de Filipinas, serán trabajos de consultor o tipo técnico en los que el profesional pueda proporcionar asesoramiento experto en un área concreta como los negocios, la educación, el derecho, el cumplimiento de la normativa, los recursos humanos, el marketing y las relaciones públicas, las finanzas, la sanidad, la ingeniería, la ciencia, la seguridad o cualquier otro de los muchos campos especializados.
Requisitos para obtener el SWP:
- Carta de solicitud dirigida a la Oficina de Inmigración de Filipinas (BI) por la empresa solicitante.
- Cumplimentación del formulario de solicitud general consolidado
- Contrato de servicio debidamente reconocido en el que se indique la duración del servicio, la remuneración y las prestaciones, y el alcance de las funciones.
- Número de Identificación Fiscal del Solicitante (empresa española que solicita enviar a uno de sus trabajadores).
- Certificado de autorización de la Oficina de Inmigración de Filipinas (BI).
- Justificación de experiencia laboral (mínimo dos años) o formación relevante relacionada con el puesto propuesto, la naturaleza y el objetivo principal de la actividad de la empresa.
- Edad mínima de 25 años en el momento de presentar la solicitud.
Este permiso se tramita íntegramente en Filipinas, por lo que será necesario contar con un sponsor local que se encargue de solicitarlo. En el caso de instalaciones de equipos este espónsor local debería ser o la filial o el cliente final.
El proceso comienza una vez se ha entrado en el país como turista, y nada más llegar se recomienda gestionar una primera prórroga de la estancia como turista, con el objetivo de ganar tiempo mientras se gestiona el Permiso Especial de Trabajo (SWP), que suele requerir un plazo de entre 2 – 3 meses.
En el caso de que el trabajador necesite desempeñar su actividad profesional nada más llegar al país, será necesario tramitarle de forma previa un Provisional Work Permit (PWP).
En VISADOS EMPRESAS, gracias a nuestro colaborador local, la compañía Kittelson and Carpo @KITTELSONCARPO estamos en disposición de ayudarle en la preparación y gestión del SWP que puedan necesitar sus trabajadores.
Para cualquier consulta adicional sobre este tipo de visados no dude en ponerse en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a consultas@visadosempresas.com
RECUERDE:
- En VISADOS EMPRESAS somos EXPERTOS en la gestión de visados para FILIPINAS.
- Desarrollar actividades laborales sin tener el preceptivo visado está perseguido por la legislación filipina y puede generar graves perjuicios a la compañía local.
- Gestionar un visado sin tener los conocimientos adecuados puede acarrear retrasos inesperados, problemas a la entrada e incluso la pérdida del importe de las tasas.