Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en España ¿Cómo contratar a un extranjero no comunitario en España?
autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena Visados Empresas

¿Qué es la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en España? Muchas empresas españolas se encuentran con la problemática que muchos puestos de trabajo importantes para el desarrollo de su actividad empresarial son difíciles de cubrir y necesitan contratar a trabajadores extranjeros.

El artículo 62 del Reglamento de la LOEX define la situación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena como aquella en que se halla el trabajador extranjero mayor de 16 años autorizado a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años, y a ejercer una actividad laboral por cuenta ajena

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Visados Empresas facilita la tramitación de tu autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena para residir y trabajar en España. Con un equipo experto en asuntos migratorios, ofrecemos asesoramiento personalizado para cumplir requisitos, gestionar visados para España y garantizar la conformidad con normativas laborales.

¿Qué efecto produce la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena?

La autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena habilita a los extranjeros que residen fuera del país a residir y trabajar en España por cuenta ajena, siempre que hayan obtenido el correspondiente visado para España y hayan sido dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social dentro del plazo de tres meses desde su entrada legal en España.

¿Cuál será la duración de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena?

La autorización de residencia y trabajo inicial tendrá una duración de un año.

La autorización de residencia y trabajo inicial se limitará a un ámbito geográfico provincial y a una ocupación determinada si la situación nacional de empleo ha permitido dicha contratación.

En caso de que no sea necesario tener en cuenta la situación nacional de empleo para trabajar en España, la autorización de residencia y trabajo inicial se limitará al tipo de relación laboral para la que se hubiese concedido.

Una vez producida la primera concesión, las renovaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en España se concederán sin limitación alguna de ámbito geográfico u ocupación y con una duración de 4 años.

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¿Qué requisitos son necesarios para obtener la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena?

Requisitos que debe cumplir el extranjero no comunitario que se pretende contratar.

  • No se encuentre irregularmente en territorio español.
  • Carezca de antecedentes penales, tanto en España como en sus anteriores países de residencia durante los últimos 5 años.
  • No figuren como rechazables en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Haya transcurrido el plazo de compromiso de no regreso a España del extranjero, asumido por este en el marco de su retorno voluntario al país de origen.
  • Abone la tasa por tramitación de la autorización de residencia temporal.
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Requisitos relativos a la actividad laboral y al empleador

  • Que la situación nacional de empleo permita contratar un trabajador extranjero.
  • Presentar un contrato de trabajo, firmado por ambas partes, que garantice al trabajador una actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. La fecha de comienzo del contrato estará condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
  • Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo en España se ajusten a las establecidas por la normativa vigente y el convenio colectivo aplicable para la misma actividad, categoría profesional y localidad. En el caso de que la contratación fuera a tiempo parcial, la retribución deberá ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual.
  • El empleador deberá estar inscrito en el correspondiente régimen del sistema de Seguridad Social y se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales, suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador en los términos establecidos en el artículo 66 del RLOEX.
  • El trabajador tenga la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Abonar la tasa relativa a la autorización de trabajo por cuenta ajena en España.

Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué visado te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en Visados Empresas estaremos encantados de ayudarte con la gestión.

Para cualquier consulta adicional sobre visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 91 847 87 30 o por mail a contacto@visadosempresas.com

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